Ley Nacional de Ejecución Penal Artículo 173 Federal de México
Ley Nacional de Ejecución Penal Federal
Artículo 173. Ámbitos de intervención
El programa debe ser integral y debe considerar los siguientes ámbitos de intervención:
I. Judicial: La participación del Juez de Ejecución durante el desarrollo del procedimiento;
II. Clínico: Desarrollo del programa de tratamiento;
III. Institucional: Los Consejos Estatales.
La intervención se establecerá con base a la Ley General de Salud, la ley de salud local y demás instrumentos jurídicos aplicables.
Federal de México Artículo 173 Ley Nacional de Ejecución Penal
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Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
alguien ayudeme con unos ejemplos donde se implementen estas leyes del articulo 42
Tienes que requerir a la empresa por medio del juzgado, primero pide que expidan los recibos de nómina dentro del expediente para que así puedan requerir a la empresa para que te depositen en tiempo, saludos
Tengo pension compesacion pero el abogado de la empresa donde trabaja el ex,pareja.. los cheques de lo antes mencionados me los entregraban depues de la quincena practicamente una semana despues .. que puedo hacer
Que articulo del Código Penal se refiere a la Supresión, Alteración o Suposición del Estado Civil
hola que sancion se da para un pasante de enfermeria que realiza una mala administracion de dosis de insulina lo que lleva al fallecimiento del paciente
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