Ley Nacional de Ejecución Penal Artículo 174 México
Ley Nacional de Ejecución Penal
Artículo 174. Modalidades de intervención
El programa puede llevarse mediante las siguientes modalidades de intervención:
I. Tratamiento psico-farmacológico, en caso de ser necesario de acuerdo al criterio del médico para el manejo de la intoxicación, de la abstinencia o de los trastornos psiquiátricos concomitantes;
II. Psicoterapia individual;
III. Psicoterapia de grupo;
IV. Psicoterapia familiar;
V. Sesión de grupo de familias;
VI. Sesiones de grupos de ayuda mutua;
VII. Actividades psicoeducativas, culturales y deportivas, y
VIII. Terapia ocupacional y capacitación para el trabajo.
México Artículo 174 Ley Nacional de Ejecución Penal
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Alejandro Ritch
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Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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