Ley Nacional de Ejecución Penal Federal de México
Ley Nacional de Ejecución Penal Federal de México
- Artículo 1. Objeto de la Ley
- Artículo 2. Ámbito de aplicación
- Artículo 3. Glosario
- Artículo 4. Principios rectores del Sistema Penitenciario
- Artículo 5. Ubicación de las personas privadas de la libertad en un Centro Penitenciario
- Artículo 6. Organización del Centro Penitenciario
- Artículo 7. Coordinación interinstitucional
- Artículo 8. Supletoriedad
- Artículo 9. Derechos de las personas privadas de su libertad en un Centro Penitenciario
- Artículo 10. Derechos de las mujeres privadas de su libertad en un Centro Penitenciario
- Artículo 11. Obligaciones de las personas privadas de su libertad en un Centro Penitenciario
- Artículo 12. Derechos de las personas sentenciadas que gocen de libertad condicionada
- Artículo 13. de las personas sentenciadas que gocen de libertad condicionada
- Artículo 14. De la Autoridad Penitenciaria
- Artículo 15. Funciones de la Autoridad Penitenciaria
- Artículo 16. Funciones del Titular de los Centros Penitenciarios
- Artículo 17. Comité Técnico
- Artículo 18. Funciones del Comité
- Artículo 19. Custodia Penitenciaria
- Artículo 20. Funciones de la Custodia Penitenciaria
- Artículo 21. Intervención para el restablecimiento del orden
- Artículo 22. Policía Procesal
- Artículo 23. Ministerio Público
- Artículo 24. Jueces de Ejecución
- Artículo 25. Competencias del Juez de Ejecución
- Artículo 26. Autoridades para la supervisión de libertad
- Artículo 27. Bases de datos de personas privadas de la libertad
- Artículo 28. Bases de datos generales
- Artículo 29. Sistema Nacional de Información Estadística Penitenciaria
- Artículo 30. Condiciones de internamiento
- Artículo 31. Clasificación de áreas
- Artículo 32. Servicios
- Artículo 33. Protocolos
- Artículo 34. Atención médica
- Artículo 35. Personas indígenas privadas de la libertad
- Artículo 36. Mujeres privadas de la libertad con hijas o hijos
- Artículo 37. Medidas de vigilancia especial
- Artículo 38. Normas Disciplinarias
- Artículo 39. Determinación de Faltas Disciplinarias
- Artículo 40. Faltas disciplinarias graves
- Artículo 41. Sanciones Disciplinarias
- Artículo 42. Restricciones a las medidas disciplinarias
- Artículo 43. Restricciones al Aislamiento
- Artículo 44. Atención Médica durante Aislamiento
- Artículo 45. Examen Médico
- Artículo 46. Debido proceso
- Artículo 47. Notificación de sanción
- Artículo 48. Impugnación de resoluciones
- Artículo 49. Previsión general
- Artículo 50. Traslados voluntarios
- Artículo 51. Traslados involuntarios
- Artículo 52. Excepción al Traslado voluntario
- Artículo 53. Limitaciones al traslado de mujeres privadas de la libertad
- Artículo 54. Traslado Internacional de personas sentenciadas
- Artículo 55. Competencia para la resolución de un Traslado Internacional de Personas sentenciadas
- Artículo 56. Prioridades en caso de Traslados Internacionales
- Artículo 57. Competencia de controversias con motivo de traslados nacionales
- Artículo 58. Entrevistas y visitas de organismos públicos de protección de los derechos humanos
- Artículo 59. Régimen de visitas
- Artículo 60. Comunicaciones al exterior
- Artículo 61. Actos de revisión
- Artículo 62. Revisión corporal a personas menores de edad
- Artículo 63. Flagrancia en la posesión de sustancias u objetos prohibidos
- Artículo 64. Revisión a Centros
- Artículo 65. Actos de revisión
- Artículo 66. Revisión a celdas
- Artículo 67. Registro de la revisión
- Artículo 68. Sustancias u objetos prohibidos
- Artículo 69. Autoridades responsables en la revisión
- Artículo 70. Uso de la fuerza
- Artículo 71. Supervisión independiente
- Artículo 72. Bases de organización
- Artículo 73. Observancia de los derechos humanos
- Artículo 74. Derecho a la salud
- Artículo 75. Examen Médico de Ingreso
- Artículo 76. Servicios Médicos
- Artículo 77. Características de los Servicios de Atención Médica
- Artículo 78. Responsable Médico
- Artículo 79. Medidas Terapéuticas
- Artículo 80. Convenios con instituciones del sector salud
- Artículo 81. Participación en actividades físicas y deportivas
- Artículo 82. Planificación para la práctica de actividades físicas y deportivas
- Artículo 83. El derecho a la educación
- Artículo 84. Posibilidad de obtención de grados académicos
- Artículo 85. Enseñanza básica, de media superior y superior
- Artículo 86. Programas educativos
- Artículo 87. De la capacitación para el trabajo
- Artículo 88. Bases de la capacitación
- Artículo 89. Tipos de capacitación
- Artículo 90. Planificación para la capacitación del trabajo
- Artículo 91. Naturaleza y Finalidad del Trabajo
- Artículo 92. Bases del trabajo
- Artículo 93. Cuenta para la administración de las ganancias o salarios con motivo del trabajo
- Artículo 94. Complementariedad del trabajo
- Artículo 95. Programa de Trabajo
- Artículo 96. Coordinación interinstitucional
- Artículo 97. Autoempleo
- Artículo 98. Actividades productivas no remuneradas para fines del sistema de reinserción
- Artículo 99. Actividades productivas realizadas a cuenta de terceros
- Artículo 100. Ejecución de la sentencia
- Artículo 101. Tipos de resoluciones que ejecutará el Juez de Ejecución
- Artículo 102. Puesta a Disposición
- Artículo 103. Inicio de la Ejecución
- Artículo 104. Elaboración del Plan de Actividades
- Artículo 105. Contenido de la carpeta de ejecución
- Artículo 106. Cómputo de la pena
- Artículo 107. Peticiones administrativas
- Artículo 108. Legitimación
- Artículo 109. Sustanciación de las peticiones
- Artículo 110. Formulación de la petición
- Artículo 111. Acuerdo de inicio
- Artículo 112. Trámite del procedimiento
- Artículo 113. Acumulación de peticiones
- Artículo 114. Resolución de peticiones administrativas
- Artículo 115. Casos urgentes
- Artículo 116. Controversias
- Artículo 117. Controversias sobre condiciones de internamiento, el plan de actividades y cuestiones relacionadas con ambas
- Artículo 118. Controversia sobre la duración, modificación y extinción de la pena
- Artículo 119. Controversias sobre medidas de seguridad
- Artículo 120. Principios del procedimiento
- Artículo 121. Partes procesales
- Artículo 122. Formulación de la controversia
- Artículo 123. Auto de inicio
- Artículo 124. Sustanciación
- Artículo 125. Reglas de la audiencia
- Artículo 126. Desarrollo de la audiencia
- Artículo 127. Resolución
- Artículo 128. Efectos generales
- Artículo 129. Ejecución de la resolución
- Artículo 130. Revocación
- Artículo 131. Apelación
- Artículo 132. Procedencia del recurso de apelación
- Artículo 133. Efectos de la apelación
- Artículo 134. Emplazamiento y remisión
- Artículo 135. Tramitación y resolución de la apelación
- Artículo 136. Libertad condicionada
- Artículo 137. Requisitos para la obtención de la libertad condicionada
- Artículo 138. Suspensión de obligaciones
- Artículo 139. Reducción de obligaciones en el régimen de supervisión
- Artículo 140. Cancelación de la libertad condicionada
- Artículo 141. Solicitud de la libertad anticipada
- Artículo 142. Modificación de las penas
- Artículo 143. Sustanciación
- Artículo 144. Sustitución de la pena
- Artículo 145. Permisos extraordinarios de salida por razones humanitarias
- Artículo 146. Solicitud de preliberación
- Artículo 147. Opinión técnica de la representación social
- Artículo 148. Solicitud al Poder Judicial
- Artículo 149. Notificación a la Autoridad Penitenciaria
- Artículo 150. Homologación de supuestos
- Artículo 151. Previsiones para la reparación del daño
- Artículo 152. Disposición general
- Artículo 153. Órganos
- Artículo 154. Expediente de ejecución
- Artículo 155. Procedencia
- Artículo 156. Liquidación de la reparación del daño
- Artículo 157. Sanción pecuniaria
- Artículo 158. Imposición de la multa
- Artículo 159. Plazos
- Artículo 160. Cobro de la multa no pagada
- Artículo 161. Ejecución de la multa
- Artículo 162. De la pérdida, suspensión o restricción de derechos de familia
- Artículo 163. Suspensión, destitución o inhabilitación de derechos
- Artículo 164. Suspensión o disolución de personas morales
- Artículo 165. Trabajo en favor de la comunidad
- Artículo 166. Convenios de colaboración
- Artículo 167. Incumplimiento del trabajo en favor de la comunidad
- Artículo 168. Vigilancia de la autoridad
- Artículo 169. Objeto
- Artículo 170. Bases del programa
- Artículo 171. Principios del Procedimiento
- Artículo 172. Elaboración del programa
- Artículo 173. Ámbitos de intervención
- Artículo 174. Modalidades de intervención
- Artículo 175. Etapas del tratamiento
- Artículo 176. Naturaleza de los Centros de Tratamiento
- Artículo 177. Obligaciones del Centro de Tratamiento
- Artículo 178. Admisión
- Artículo 179. Solicitud
- Artículo 180. Programa
- Artículo 181. Admisión al Programa
- Artículo 182. Audiencia Inicial
- Artículo 183. Audiencias de seguimiento
- Artículo 184. Audiencias especiales
- Artículo 185. Conclusión del Programa
- Artículo 186. Audiencia de egreso
- Artículo 187. Incentivos
- Artículo 188. Medidas Disciplinarias
- Artículo 189. Causas de revocación
- Artículo 190. Disposición general
- Artículo 191. Tratamiento de inimputables
- Artículo 192. Establecimientos
- Artículo 193. Organización en establecimientos
- Artículo 194. Atención externa
- Artículo 195. Normas reglamentarias y protocolos
- Artículo 196. Controversias
- Artículo 197. Determinación de lugar de internamiento
- Artículo 198. Reparación del daño
- Artículo 199. Inconstitucionalidad de la norma penal
- Artículo 200. Objeto de la justicia restaurativa en la ejecución de sanciones
- Artículo 201. Principios
- Artículo 202. Procedencia
- Artículo 203. Alcances de la justicia restaurativa
- Artículo 204. Procesos restaurativos
- Artículo 205. Facilitadores y colaboración con fiscalías y tribunales
- Artículo 206. Mediación penitenciaria
- Artículo 207. Servicios postpenales
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concedieron un amparo y ordenaron la reposicion de todo el proceso, pero la causa penal es de hace 10 años, como se hara el juicio su las pruebas ya no existen y algunos testigos ya no estan, alguien tiene alguna idea
cuando no hay reparacion de daño x que ministerio publico insiste en la fraccion v
.......... :)
hola, buenas tardes pero que pasaría si me muero... a quien se le pasa el cargo ?
no pueden nombrarse como herederas, a menos de que usted fallezca y heredarían por estirpe.
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