Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Artículo 57 Federal de México
Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal Federal
Artículo 57.
Las disposiciones sobre el Servicio Profesional de Carrera de la Procuraduría deberán:
I. Determinar, en su caso, categorías de servidores públicos a fin de ser considerados para el acceso a las categorías básicas de Agentes del Ministerio Público, Oficiales Secretarios, Agentes de la Policía de Investigación y Peritos, por medio de concurso de oposición, de conformidad con lo establecido en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública;
II. Determinar, en su caso, categorías de los servidores públicos, en función de su especialización, responsabilidad asignada, años mínimos de ejercicio profesional y otros criterios que permitan establecerlas;
III. Establecer mecanismos que, previamente a la sustentación del concurso de ingreso o de promoción, permitan seleccionar a los aspirantes más aptos por plaza;
IV. Regular las características del concurso de ingreso o de promoción con exámenes prácticos, escritos u orales;
V. Determinar la integración de los órganos responsables de la preparación y sustentación de los concursos correspondientes;
VI. Expedir las reglas sobre contenidos de convocatorias, características del concurso de ingreso o promoción, determinación de calificaciones y demás necesarias;
VII. Establecer los criterios de evaluación curricular y en particular de los cursos desarrollados por el sustentante, su desempeño y grado académico; y,
VIII. Las demás que establezca esta Ley, su reglamento y la normatividad aplicable.
Federal de México Artículo 57 Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Muy importante e interesante
AYUDA no entiendo materia d legislacion fiscal
Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
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