Ley Orgánica de los Tribunales Militares Artículo 13 Federal de México
Ley Orgánica de los Tribunales Militares Federal
Artículo 13.
Corresponde al Supremo Tribunal Militar conocer:I.- De las competencias de jurisdicción que se susciten entre los Jueces Militares.
II.- De las excusas de los Jueces Militares.
III.- De la resolución de los recursos de su competencia.
IV.- De las causas de responsabilidad de los funcionarios y subalternos del orden judicial militar.
V.- De las reclamaciones que se hagan contra los castigos o correcciones impuestos por los Jueces y Jurados Militares, confirmando, revocando o enmendando dichos castigos, conforme a lo dispuesto en la Ley de Procedimientos Penales.
VI.- De todo lo relativo a la retención y a la libertad preparatoria o absoluta de los reos.
VII.- De las solicitudes de indulto necesario.
VIII.- De la tramitación de las solicitudes de conmutación o reducción de penas.
IX.- De las consultas sobre dudas de ley que le dirijan los Jueces Militares.
X.- De los demás asuntos que las leyes y los reglamentos sometan a su decisión.
Federal de México Artículo 13 Ley Orgánica de los Tribunales Militares
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios