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Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación Artículo 305 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23/12/2024

Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación Federal
Artículo 305.

Los recursos del Fondo se destinarán a:

I.Sufragar gastos que origine su administración;

II.La adquisición, construcción y remodelación de bienes inmuebles destinados a sedes de órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación;

III.Comprar, rentar, reparar o mantener el mobiliario y el equipo necesario para el funcionamiento de las sedes jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación;

IV.La contratación de servicios y bienes para fortalecer la infraestructura tecnológica del Poder Judicial de la Federación, y

V.La capacitación, mejoramiento y especialización profesional del personal del Poder Judicial de la Federación.

Federal de México Artículo 305 Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
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Muy importante e interesante


AYUDA no entiendo materia d legislacion fiscal


Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-


Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?


Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.


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