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Ley Sobre el Contrato de Seguro Artículo 69 Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/11/2024

Ley Sobre el Contrato de Seguro Federal
Artículo 69.

La empresa aseguradora tendrá el derecho de exigir del asegurado o beneficiario toda clase de informaciones sobre los hechos relacionados con el siniestro y por los cuales puedan determinarse las circunstancias de su realización y las consecuencias del mismo.

Federal de México Artículo 69 Ley Sobre el Contrato de Seguro
Artículo 1 ...67 68 69 70 71 ...207

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Los comentarios de los usuarios

Buenas tardes, tengo un auto siniestrado y ya tienen 30 dias y no me dan respuesta si es perdida total o parcial, hasta cuantos dias tengo que esperar antes de ir a la CONDUSEF?

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Tengo más de cuatro ocasiones de presentar documentación de mi médico sobre un reclamo y la aseguradora sigue solicitando information al amparo del art 69, que no hay limite, tengo tres meses en el tema.

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