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Código Civil Artículo 414 Estado de Jalisco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Civil Jalisco
Artículo 414.

La demanda de divorcio o ilegitimidad matrimonial produce los siguientes efectos:

I. Cesar la presunción de convivencia conyugal;

II. Revocar los poderes que cualesquiera de los cónyuges hubiese otorgado al otro, sin que ésta disposición afecte derechos de terceros. Dentro de esta revocación, se entiende cualquier autorización para disponer de bienes pertenecientes a los cónyuges o a los de su sociedad matrimonial; y

III. Separar a los cónyuges del domicilio conyugal.

El Juez resolverá quién habitará el domicilio conyugal y asimismo, previo inventario, los bienes que continuarán en éste y los que se ha de llevar el otro cónyuge



Estado de Jalisco Artículo 414 Código Civil
Artículo 1 ...412 413 414 414 bis 415 ...3134

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