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Código Civil Artículo 2296 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Civil Morelos
Artículo 2296. INAPLICABILIDAD DE LA LIBERACION DEL FIADOR POR TIEMPO DETERMINADO SI LA FIANZA CONTIENE UN VENCIMIENTO ANTERIOR

Lo dispuesto en el artículo anterior no se aplicará al caso en que se haya señalado a la fianza un término de vencimiento anterior al de la obligación principal, o cuando la citada garantía venza con posterioridad a dicha deuda. En el primer caso la fianza se extinguirá con la llegada del término señalado para su duración y, en el segundo, la responsabilidad del fiador continuará hasta que venza el plazo posterior al señalado para el cumplimiento de la obligación principal, siempre y cuando ésta no se haya extinguido.



Estado de Morelos Artículo 2296 Código Civil
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