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Código Civil Artículo 141 Estado de Oaxaca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Código Civil Oaxaca
Artículo 141.

Ha lugar a pedir la aclaración de las actas del estado civil, cuando existan:

I.Errores ortográficos y lingüísticos;

II.Ubicación inadecuada de datos en los respectivos casilleros;

III.Errores mecanográficos o de escritura;

IV.Inversión de nombres o apellidos, si de los demás datos proporcionados para el acto registrado se hace evidente esa inversión;

V.Falta de datos no esenciales, cuya deducción sea posible en razón a los demás datos existentes en el acta y que se relacionen con el mismo acto registrado.

VI.Actas de nacimiento en que; habiendo comparecido únicamente un progenitor, se hubiere asentado al registrado con un solo apellido, procederá la aclaración para el efecto previsto en la última parte de la fracción V del artículo 68 de este Código. En caso de que el interesado, además del apellido del progenitor que compareció al registro, haya usado continua y públicamente un segundo apellido, podrá solicitar la aclaración para el único efecto de que se agregue este último al ya existente, sin que pueda anotarse ningún dato filiatorio. La resolución que declare procedente la aclaración no modifica ni extingue las obligaciones que el interesado hubiere contraído con anterioridad



Estado de Oaxaca Artículo 141 Código Civil
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Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y


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