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Código Civil Artículo 633 Estado de Querétaro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Código Civil Querétaro
Artículo 633.

El menor, podrá ser escuchado por sí o a través de su representante. La Procuraduría de la Defensa del Menor y de la Familia o el Ministerio Público, estarán legitimados, respecto del menor o la familia, en aquellas situaciones en que se afecten sus intereses legales y podrá ejercer las acciones pertinentes para asegurarlos, en los siguientes casos:

I.Representación de menores o incapaces, en cuestiones relativas a alimentos, divorcio, restitución de menores, tutela, custodia, patria potestad y sucesiones testamentarias;

II.Fungir como tutor en los casos de ausencia de éste o cuando no se hubiere designado; y

III.En los procedimientos de adopción, en tanto no se autoriza la misma, será representante del menor o incapaz.

Asimismo, estarán facultados para supervisar el funcionamiento de las adopciones que judicialmente se hayan otorgado en la Entidad, por lo que, en su caso, podrá interponer las acciones legales que resulten cuando aquellas se desempeñen de manera irregular y causen o puedan causar un daño al adoptado.

En el caso de adopciones otorgadas a personas que residan en el extranjero, se podrán auxiliar a través de la vía diplomática o consular mexicana.

La Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia del Estado, tendrá la representación legítima del Consejo Técnico de Adopciones ante autoridad judicial, así como personalidad para comparecer en juicio en todos aquéllos asuntos en donde la ley le otorgue legitimación al Consejo.

El Ministerio Público, investigará y dará aviso a la autoridad judicial, cuando conozca de acontecimientos que pongan en peligro al menor o a la familia, para que la autoridad actúe conforme a la ley.

El Ministerio Público se encargará de:

I.Velar por que los tutores cumplan sus deberes, especialmente en lo que se refiere a la educación de los menores, dando aviso al juez competente de las faltas u omisiones que notaren;

II.Avisar al juez competente cuando tenga conocimiento de que los bienes de un incapaz están en peligro, a fin de que dicte las medidas correspondientes;

III.Investigar y poner en conocimiento del juez competente, qué incapaces carecen de tutor, con el objeto de que se hagan los respectivos nombramientos; y

IV.Cuidar, con especialidad, que los tutores cumplan la obligación de procurar la curación de las enfermedades del incapaz, así como su rehabilitación en caso de ser un alcohólico o haga uso de drogas enervantes.



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Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y


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