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Código Civil Artículo 26 Estado de Tamaulipas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Civil Tamaulipas
Artículo 26.

Se presume el propósito de establecerse en un lugar, cuando se reside en él por más de seis meses. Transcurrido este tiempo, el que no quiera que nazca tal presunción declarará, dentro de los quince días siguientes, tanto a la autoridad municipal de su anterior domicilio, como a la autoridad municipal de su nueva residencia, que no desea perder su antiguo domicilio y adquirir otro nuevo. Estas declaraciones no producirán efectos si se hacen en perjuicio de tercero.



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