Código de Desarrollo Urbano Artículo 45 Estado de Michoacán
Código de Desarrollo Urbano Michoacán
Artículo 45.
La Comisión de Zona Conurbada tendrá las atribuciones siguientes:
I. Formular y aprobar el programa de desarrollo urbano de la zona conurbada conjuntamente con la Secretaría;
II. Disponer la publicación y registro del programa;
III. Participar con la Secretaría, en la elaboración de los programas regionales de las zonas conurbadas, parciales o sectoriales, cuyo espacio de aplicación este comprendido dentro del territorio de la zona conurbada, así como sus proyectos de modificación;
IV. Proponer proyectos urbanísticos específicos de alcance metropolitano, no previstos en el programa de zona conurbada y cuya ejecución implique modificaciones al propio programa;
V. Recibir y analizar las observaciones, proposiciones o las solicitudes de modificación particular del programa de zona conurbada;
VI. Dictaminar previa solicitud expresa del Ayuntamiento correspondiente, los lineamientos a que deben sujetarse la apertura, modificación, prolongación, ampliación, integración y mejoramiento de las vías públicas, así como la localización de infraestructuras, equipamientos, obras y servicios públicos, que vinculen o impacten a los municipios que la integren;
VII. Vigilar el cumplimiento del programa de zona conurbada, dentro del ámbito de su extensión territorial;
VIII. Promover la participación social en la formulación, ejecución, evaluación y modificación total o parcial del programa de zona conurbada;
IX. Solicitar a la autoridad competente, determine y ejecute las medidas de seguridad, infracciones y sanciones, respecto de actos o acciones que contravengan el Programa de Zona Conurbada o este Código;
X. Gestionar ante las autoridades municipales, estatales y, en su caso, federales, el cumplimiento en el ámbito de su competencia, las decisiones que se hayan tomado;
XI. Opinar sobre las obras de equipamiento, infraestructura urbana, recursos naturales y medio ambiente, que por su importancia deba conocer la Comisión de Zona Conurbada, a criterio de los miembros de la misma;
XII. Formular, aprobar y expedir su Reglamento interior;
XIII. Analizar las observaciones o proposiciones que le formule la comunidad respecto al desarrollo urbano de la zona conurbada;
XIV. Las demás que le señale este Código y otros ordenamientos jurídicos aplicables.
Estado de Michoacán Artículo 45 Código de Desarrollo Urbano
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jose
alguien ayudeme con unos ejemplos donde se implementen estas leyes del articulo 42
Tienes que requerir a la empresa por medio del juzgado, primero pide que expidan los recibos de nómina dentro del expediente para que así puedan requerir a la empresa para que te depositen en tiempo, saludos
Tengo pension compesacion pero el abogado de la empresa donde trabaja el ex,pareja.. los cheques de lo antes mencionados me los entregraban depues de la quincena practicamente una semana despues .. que puedo hacer
Que articulo del Código Penal se refiere a la Supresión, Alteración o Suposición del Estado Civil
hola que sancion se da para un pasante de enfermeria que realiza una mala administracion de dosis de insulina lo que lleva al fallecimiento del paciente
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