Código de Elecciones Participación Ciudadana Artículo 493 Estado de Chiapas
Código de Elecciones Participación Ciudadana Chiapas
Artículo 493.
1. Finalizada la verificación correspondiente, el Consejo General presentará un informe detallado y desagregado al Congreso del Estado dentro del plazo señalado en este capítulo, sobre el resultado de la revisión de que las y los
ciudadanos aparecen en la lista nominal de electores del Instituto, el cual deberá contener:
I. El número total de los ciudadanos firmantes.
II. El número de los ciudadanos firmantes que se encuentran en la lista nominal de electores y su porcentaje.
III. El número de los ciudadanos firmantes que no se encuentran en la lista nominal de electores y su porcentaje.
IV. El número de los ciudadanos que no hayan sido contabilizados en virtud de que ya habían firmado una consulta popular anterior.
V. Los resultados del ejercicio muestral.
VI. Los ciudadanos que hayan sido dados de baja de la lista nominal por alguno de los supuestos previstos en la respectiva Ley.
Estado de Chiapas Artículo 493 Código de Elecciones Participación Ciudadana
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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
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Código de Procedimientos Penales Ciudad de México Artículo 517. Código Civil Baja California Artículo 1941. Código de Atención a la Familia y Grupos Vulnerables Chiapas Artículo 184. Código de Elecciones Participación Ciudadana Chiapas Artículo 370. Código de Procedimientos Penales Ciudad de México Artículo 550.Publique la información de sí mismo
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