Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales Artículo 73 Estado de Oaxaca
Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales
Artículo 73.
En el caso de coalición, cada partido político conservará su propia representación en los consejos del Instituto y ante las mesas directivas de casilla.
Estado de Oaxaca Artículo 73 Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales
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Alejandro Ritch
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Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es
quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69
Cuando surte efectos la notificacion en temas de registro de contratos de adhesion? Entiendo que el plazo es de 5 días hábiles, pero a partir de que momento empiezan a contar?
Podrian apoyarme como decia el articulo 3 fraccion xiv antes de su reforma, soy estudiante de la lic. De custodia penitenciaria y estoy haciendo mi tarea sobre las reformas de casi todas las leyes
Buenos días. Les informamos que esta ya es una nueva ley, en vigor desde julio de 2025, que ha sustituido a la anterior.
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Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas Artículo 19. Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Artículo 71. Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos Artículo 31. Código Territorial para el Estado y los Municipios Artículo 67. Determinaciones que contendrán las estrategias emergentes Código de Procedimientos Civiles Para el Estado de Baja California Artículo 356.Publique la información de sí mismo
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