Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 102 Ciudad de México
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Ciudad de México
Artículo 102.
Para el desempeño de sus atribuciones, los órganos regulados en este Título, tendrán la naturaleza jurídica siguiente:
I. La Contraloría Interna del Instituto Electoral contará con independencia respecto al Instituto Electoral, por lo que estará adscrita al Sistema Local Anticorrupción. Por independencia deberá entenderse la libertad plena de la Contraloría Interna, para establecer la forma y modalidades de su organización interna, lo que significa que dicho órgano puede administrarse por sí mismo.
II. La Unidad Técnica Especializada de Fiscalización gozará de autonomía técnica y de gestión.
Se entiende por autonomía técnica y de gestión, la facultad que asiste a estos órganos para realizar sus actividades sin injerencia de algún servidor público del Instituto Electoral o representante de los Partidos Políticos o Grupos Parlamentarios y sin presión para resolver en un determinado sentido.
Sus decisiones no tendrán más límite que lo establecido en este Código, en las Leyes y reglamentos aplicables. Para efectos administrativos y orgánicos, los órganos señalados en este artículo estarán adscritos al Consejo General.
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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
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