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Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 216 Ciudad de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Ciudad de México
Artículo 216.

La Coordinación de Comunicación Social tendrá las siguientes atribuciones:

I. Proponer al Pleno las estrategias y acciones de comunicación social, que fortalezcan la imagen institucional del Tribunal.

II. Dirigir, supervisar y controlar las acciones de promoción de la imagen institucional y relaciones públicas del Tribunal, con los diversos medios de comunicación e instituciones públicas.

III. Establecer canales institucionales de comunicación permanente con los diferentes medios de información, electrónicos, escritos y formadores de opinión pública con el fin de fijar estrategias y diseminar las acciones y actividades de la Institución.

IV. Informar permanentemente a la o el Magistrado Presidente sobre el desarrollo de las actividades a cargo de la Coordinación de Comunicación Social.

V. Establecer relaciones institucionales y profesionales con los directivos y representantes de los diversos medios de comunicación, tanto electrónicos e impresos.

VI. Coordinar las campañas en medios de comunicación que determine el Pleno del Tribunal.

VII. Establecer medidas de austeridad para la optimización de recursos a manera de coadyuvar con las políticas de eficiencia y racionalidad determinadas por el Pleno del Tribunal.

VIII. Realizar las actividades que se desprendan de las disposiciones aplicables, así como las que le encomiende la o el Magistrado Presidente.

IX. Administrar los recursos humanos, financieros y materiales asignados a la Coordinación, sujetos a las políticas y normatividad establecidas al respecto; así como participar y colaborar con las áreas administrativas competentes en la supervisión y control del presupuesto asignado a la Coordinación.

X. Presentar periódicamente un informe de actividades, avances y resultados programáticos y presupuestales correspondientes al área a su cargo, para su inclusión en el Programa Operativo Anual del Tribunal Electoral de la Ciudad de México.

XI. Coordinar los actos y eventos en los cuales las y los magistrados electorales y personas servidores públicos del Tribunal presenten información o emitan declaraciones.

XII. Coordinar la elaboración del Programa Operativo Anual (POA) del área y la integración de la información requerida.

XIII. Coordinar la cabina de audio y video en Salón de Plenos para celebrar sesiones públicas e internas.

XIV. Coordinar con la Unidad de Tecnologías de la Información la transmisión en vivo de las sesiones públicas.

XV. Aquellas que se determinen en la normatividad interna aplicable; así como las que su superior jerárquico le encomiende en relación con su puesto.



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