Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 262 Ciudad de México
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales
Artículo 262.
La declaración de principios deberá contener, al menos:
I. La obligación de observar la Constitución Federal, las Leyes Generales, la Constitución Local y las leyes que de ellas emanen;
II. Los principios ideológicos de carácter político, económico y social que postule;
III. La obligación de no aceptar pacto o acuerdo que lo sujete o subordine a cualquier organización internacional o lo haga depender de entidades o Partidos Políticos extranjeros; así como no solicitar o, en su caso, rechazar toda clase de apoyo económico, político o propagandístico proveniente de extranjeros, de ministros de los cultos de cualquier religión o secta, asociaciones y organizaciones religiosas e iglesias, y de cualquiera de las personas a las que este Código prohíbe sobre el financiamiento para los Partidos Políticos;
IV. La obligación de conducir sus actividades por medios pacíficos y por la vía democrática, así como de difundir la cultura cívica democrática; y
V. La obligación de respetar los derechos humanos, de promover la participación política en igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, garantizar la paridad de género, la inclusión de personas jóvenes y el acceso a las personas de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas de la Ciudad de México.
Ciudad de México Artículo 262 Código de Instituciones y Procedimientos Electorales
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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
oooooooooooooooo
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
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