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Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 332 Ciudad de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/06/2025

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales
Artículo 332.

Los partidos políticos con registro nacional tendrán derecho a contar con representación ante el Consejo General del Instituto Electoral y recursos públicos locales.

Los partidos políticos locales que hayan obtenido al menos el tres por ciento de la votación local emitida y los partidos políticos que no hayan obtenido su registro a nivel nacional, pero que si hayan obtenido al menos el tres por ciento de la votación local emitida podrán contar con los derechos reconocidos en el párrafo anterior.

Las reglas que determinen el financiamiento Local de los Partidos Políticos que cumplan con lo previsto en el párrafo anterior, se establecerán en el presente Código



Ciudad de México Artículo 332 Código de Instituciones y Procedimientos Electorales
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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


oooooooooooooooo


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


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