Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 307 Estado de Guanajuato
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales
Artículo 307.
RECIBIDO EL ESCRITO QUE CONTENGA EL MEDIO DE IMPUGNACIÓN POR EL ÓRGANO COMPETENTE PARA RESOLVERLO, SE PROCEDERÁ A REVISAR QUE SE REÚNEN TODOS LOS REQUISITOS PREVISTOS EN ESTE CÓDIGO. UNA VEZ REALIZADA ÉSTA, EL ÓRGANO COMPETENTE RESOLVERÁ SOBRE SU ADMISIÓN O DESECHAMIENTO.
(ARTÍCULO REFORMADO. P.O. 24 DE DICIEMBRE DEL 2010)
INTERPUESTO EL RECURSO DE REVISIÓN O EL JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICO-ELECTORALES DEL CIUDADANO, LA AUTORIDAD RESPONSABLE Y LOS TERCEROS INTERESADOS PODRÁN COMPARECER Y APORTAR LAS PRUEBAS O ALEGATOS QUE CONSIDEREN PERTINENTES, A MÁS TARDAR DENTRO DE LAS CUARENTA Y OCHO HORAS SIGUIENTES, A PARTIR DEL MOMENTO EN QUE SE LES NOTIFIQUE LA ADMISIÓN DEL MEDIO DE IMPUGNACIÓN.
Estado de Guanajuato Artículo 307 Código de Instituciones y Procedimientos Electorales
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A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
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