Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 125 Estado de Morelos
Código de Instituciones y Procedimientos Electorales
Artículo 125.
El registro de los nombramientos de los representantes ante las mesas directivas de casilla y los de los representantes generales se hará ante el consejo municipal respectivo, sujetándose a lo siguiente:
I. Los nombramientos deberán contener los datos del partido político;
II. El nombre del representante;
III. Indicación de su carácter de propietario o suplente;
IV. Nombre del municipio, sección y casilla en la que actuarán;
V. Lugar y fecha de expedición;
VI. Clave de elector contenida en la credencial para votar con fotografía;
VII. Firma de aceptación del nombramiento por el representante, y
VIII. Firma del representante del partido político ante el Consejo Municipal correspondiente.
Los nombramientos de los representantes generales deberán contener los mismos datos de los representantes ante las Mesas Directivas de Casilla, señalando con precisión las casillas en las que actuarán.
De estos nombramientos se formará una lista que deberá entregarse a los Presidentes de las mesas directivas de casilla.
Cuando algún consejo municipal niegue el registro de algún nombramiento de representantes, el Consejo Estatal, a solicitud de los partidos políticos, podrá hacer el registro supletoriamente por conducto de los representantes ante el Consejo Estatal.
El consejo municipal, conservará la copia del nombramiento y devolverá el original sellado y firmado por el Secretario respectivo, a más tardar ocho días antes del día de la elección.
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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
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