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Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 293 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/06/2025

Código de Instituciones y Procedimientos Electorales
Artículo 293.

Los candidatos independientes, de conformidad con lo previsto por los reglamentos de sesiones de Consejos Estatal, Distritales y Municipales aprobados, podrán designar representantes ante dichos organismos en los términos siguientes:

a) Los candidatos independientes a Gobernador, ante el Consejo Estatal y la totalidad de los consejos distritales;

b) Los candidatos independientes a Diputado por el principio de mayoría relativa, ante el consejo electoral del distrito por el cual se quiera postular, debiendo designar un solo representante.

c) Los candidatos independientes a Presidente Municipal, Síndico y regidores, ante el consejo municipal correspondiente.

La acreditación de representantes ante los organismos mencionados, se realizará dentro de los treinta días posteriores al de la aprobación de su registro como aspirante a Candidato Independiente.



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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


oooooooooooooooo


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


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