Código de Instituciones y Procesos Electorales Artículo 320 Estado de Puebla
Código de Instituciones y Procesos Electorales
Artículo 320.
En el procedimiento para la asignación de Diputados de representación proporcional, se aplicará la fórmula electoral con los elementos y normas siguientes:
a)Porcentaje mínimo;
b)Cociente Natural;
c)Resto Mayor.
Los partidos políticos que hayan obtenido el Porcentaje Mínimo, tendrán derecho a participar en la asignación de Diputados por el principio de representación proporcional; para tal efecto:835
I.- Se hará la declaratoria de aquellos partidos políticos que hayan obtenido el Porcentaje Mínimo;
II.- La asignación por porcentaje mínimo que corresponda a cada partido político con derecho a participar en la elección por este principio, recaerá en la fórmula de candidatos del propio partido político a Diputados por el principio de mayoría relativa, que no hubiere alcanzado la constancia respectiva conforme a dicho principio por sí misma y haya obtenido el mayor porcentaje de votos en la elección; esta asignación consumirá el número de votos equivalente al tres por ciento de la votación válida emitida.
III.- Para las subsecuentes asignaciones de Diputados, se utilizarán los elementos de Cociente Natural y Resto Mayor, en términos del artículo 318 de este Código para estos efectos, los partidos políticos participarán en lo individual, independientemente de la forma de postulación de sus candidatos, y solo serán considerados los que obtuvieron el porcentaje mínimo, en términos de lo establecido en la fracción I de este artículo
Estado de Puebla Artículo 320 Código de Instituciones y Procesos Electorales
Mejores juristas





¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?
La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?
Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios