Código de Justicia Militar Artículo 68 Federal de México
Código de Justicia Militar Federal
Artículo 68.
Son atribuciones del Supremo Tribunal Militar:I. Conceder licencias a los magistrados, jueces, secretarios y demás empleados subalternos del tribunal, hasta por ocho días, dando aviso a la Secretaría de la Defensa Nacional;
II.- resolver las reclamaciones de los jueces contra excitativas de justicia y demás providencias y acuerdos del presidente del Supremo Tribunal, en ejercicio de sus atribuciones;
III.Proponer a la Secretaría de la Defensa Nacional las reformas que estime conveniente se introduzcan en la legislación militar;
IV.Expedir acuerdos y circulares, dando instrucciones a los funcionarios de la administración de justicia militar, encaminadas a obtener el mejor desempeño de su cargo;
V. formular el reglamento del mismo Supremo Tribunal y someterlo a la aprobación de la Secretaría de la Defensa Nacional;
VI. proponer a la Secretaría de la Defensa Nacional los cambios de residencia y jurisdicción de funcionarios y empleados de justicia militar, según lo exijan las necesidades del servicio;
VII.Suministrar al Fiscal General de Justicia Militar, los datos necesarios para la formación de la estadística criminal militar;
VII Bis. Resolver las apelaciones cuya competencia no esté señalada para las salas unitarias;
VIII.- las demás que determinen las leyes y reglamentos.
Federal de México Artículo 68 CJM
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Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??
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