Código de Justicia Para Adolescentes Artículo 130 Estado de Puebla
Código de Justicia Para Adolescentes Puebla
Artículo 130.
Hasta antes de la citación para la vista, la Sala Unitaria podrá ordenar la práctica de diligencias para mejor proveer y admitirá los alegatos que le presenten las partes, para lo cual éstas podrán tomar en la Secretaría de la Sala Unitaria, los apuntes que necesiten para alegar
Estado de Puebla Artículo 130 Código de Justicia Para Adolescentes
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Alejandro Ritch
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Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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Código de Procedimientos Civiles Baja California Artículo 416. Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad Artículo 24. Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo Artículo 58-9. Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares Artículo 2. Código de Procedimientos Penales Ciudad de México Artículo 640.Publique la información de sí mismo
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