Código de Justicia Para Adolescentes Artículo 200 Estado de Puebla
Código de Justicia Para Adolescentes Puebla
Artículo 200.
Son atribuciones del Juez de Ejecución de medidas, las siguientes:
I.- Vigilar, en todo momento, el respeto, la integridad, la dignidad y el estricto cumplimiento de los derechos de los adolescentes sujetos a medidas,
especialmente de los privados de la libertad, de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los Tratados Internacionales aprobados, así como leyes y ordenamientos aplicables;
II.- Controlar que la ejecución de toda medida se realice de conformidad con la sentencia definitiva que la impuso, garantizando la legalidad y demás derechos que asisten al adolescente durante esta etapa;
III.- Aprobar y vigilar los planes individualizados de ejecución de las medidas;
IV.- Revisar las medidas a solicitud de parte o de oficio, por lo menos una vez cada tres meses para modificarlas, sustituirlas por otras o cesarlas, cuando no cumplan con los objetivos para los que fueron impuestas o por ser contrarias al proceso de reinserción social del adolescente;
V.- Acordar lo procedente con relación a las peticiones o quejas que planteen los adolescentes sancionados sobre el tratamiento o cualquiera otra circunstancia que afecte sus derechos fundamentales;
VI.- Otorgar o negar cualquier beneficio relacionado con las medidas impuestas en sentencia definitiva;
VII.-Ordenar la cesación de la medida una vez transcurrido el plazo fijado por la sentencia;
VIII.- Ordenar a la autoridad responsable el cumplimiento de los programas establecidos en el plan individualizado de ejecución;
IX.- Acudir a los centros de internamiento por lo menos una vez al mes;
X.- Ordenar después de transcurridos cinco años posteriores al cumplimiento de la medida, la destrucción de todos los registros vinculados con el expediente legal;
XI.- Garantizar que los adolescentes sujetos a internamiento definitivo no sean trasladados de un Centro de Internamiento Especializado para Adolescentes a otro, salvo lo dispuesto por resolución judicial; y
XII.- Las demás que determinen las leyes aplicables.
Estado de Puebla Artículo 200 Código de Justicia Para Adolescentes
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
Leer de nuevo
Código Civil Baja California Artículo 1119. Código de Procedimientos Civiles Querétaro Artículo 152.Recomendados
Código de Justicia Para Adolescentes Puebla Artículo 79. Código de Justicia Para Adolescentes Puebla Artículo 287. Código de Justicia Para Adolescentes Puebla Artículo 225. Código de Justicia Para Adolescentes Puebla Artículo 3. Código De Procedimientos Contenciosos Administrativos Guerrero Artículo 46.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios