Código de Justicia para menores infractores Artículo 269 Estado de Durango
Código de Justicia para menores infractores Durango
Artículo 269.
El personal encargado de la ejecución de las medidas deberá ser competente,
suficiente y especializado en las diferentes disciplinas que se requieran para el adecuado desarrollo de la rehabilitación del menor. Estos funcionarios y especialistas deberán tener experiencia en el trabajo con menores.
Lo anterior no excluye la posibilidad de contratar auxiliares o asistentes no permanentes, así como voluntarios cuando resulte apropiado y benéfico para el cumplimiento de los fines de la medida impuesta
Estado de Durango Artículo 269 Código de Justicia para menores infractores
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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
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