Código de Justicia para menores infractores Artículo 319 Estado de Durango
Código de Justicia para menores infractores
Artículo 319.
El director o encargado del Centro, deberá rendir un informe mensual al Juez de Ejecución acerca del tiempo libre en el que el menor esté cumpliendo con esta medida, que deberá contener, por lo menos, la siguiente información:
I. Si el menor ha cumplido con los horarios establecidos para el cumplimiento de esta medida;
II. Si el menor ha cumplido con las actividades ordenadas;
III. La disposición y actitud del menor hacia las actividades;
IV. Los trabajos o estudios que el menor esté realizando;
V. La disciplina del menor dentro del Centro y su desenvolvimiento personal, y
VI. Siempre que esté plenamente justificado, cualquier otro aspecto de relevancia que el Centro considere importante informar.
Estado de Durango Artículo 319 Código de Justicia para menores infractores
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¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?
La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?
Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
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