Código de la Administración Pública Artículo 113 Estado de Yucatán
Código de la Administración Pública Yucatán
Artículo 113.
Los coordinadores de sector establecerán comités mixtos de productividad de las entidades paraestatales, en los cuales participarán representantes de los trabajadores de la paraestatal y del Gobierno del Estado, que analizarán las medidas relativas a la organización de los procesos productivos, de selección, de aplicación de los
adelantos tecnológicos y el uso de los demás instrumentos que permitan elevar la eficiencia de las mismas
Estado de Yucatán Artículo 113 Código de la Administración Pública
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Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
Buenos diás adquirí una casa x una deuda pero no hay escrituras no se xqe razón entonces me dieron un poder notarial para pleitos y cobranzas dónde me ceden los derechos tengo todo el crédito como dueño??
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