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Código de la Hacienda Pública Artículo 340 Estado de Chiapas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de la Hacienda Pública Chiapas
Artículo 340.

La Secretaría está facultada para interpretar las disposiciones relativas a responsabilidad hacendaria y financiera, presupuesto, gasto, contabilidad y deuda pública, así como establecer la normatividad necesaria para su correcta aplicación.

Registrar y erogar vía presupuesto los recursos de cualquier fuente de financiamiento, e informar en la Cuenta Pública.

Los Organismos Públicos en el ejercicio de su presupuesto, deben implementar medidas de austeridad y racionalidad del gasto, sin afectar el cumplimiento de los objetivos y metas de los proyectos.



Estado de Chiapas Artículo 340 Código de la Hacienda Pública
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


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