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Código de la Hacienda Pública Artículo 369 Estado de Chiapas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/09/2026

Código de la Hacienda Pública Chiapas
Artículo 369.

Se faculta a la Secretaría para realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias, considerando el ejercicio y la disponibilidad de recursos de acuerdo a los requerimientos, siempre que permitan un mejor cumplimiento de objetivos, indicadores, y metas de los programas y proyectos. Dichas adecuaciones comprenden las modificaciones a las asignaciones y estructura de la clave presupuestaria, y a los calendarios de gasto. Asimismo, podrá determinar reducciones, diferimientos o cancelaciones de programas, proyectos y conceptos de gasto de los Organismos Públicos del Ejecutivo, cuando exista subejercicio sin causa justificada, represente la posibilidad de obtener ahorros en función de la productividad y eficiencia de las mismas, dejen de cumplir sus propósitos, en el caso de situaciones supervenientes, entre otras. En todo momento, se respetará el presupuesto de programas y proyectos prioritarios y en especial los destinados al bienestar social.



Estado de Chiapas Artículo 369 Código de la Hacienda Pública
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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