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Código de la Hacienda Pública Artículo 369 Estado de Chiapas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de la Hacienda Pública Chiapas
Artículo 369.

Se faculta a la Secretaría para realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias, considerando el ejercicio y la disponibilidad de recursos de acuerdo a los requerimientos, siempre que permitan un mejor cumplimiento de objetivos, indicadores, y metas de los programas y proyectos. Dichas adecuaciones comprenden las modificaciones a las asignaciones y estructura de la clave presupuestaria, y a los calendarios de gasto. Asimismo, podrá determinar reducciones, diferimientos o cancelaciones de programas, proyectos y conceptos de gasto de los Organismos Públicos del Ejecutivo, cuando exista subejercicio sin causa justificada, represente la posibilidad de obtener ahorros en función de la productividad y eficiencia de las mismas, dejen de cumplir sus propósitos, en el caso de situaciones supervenientes, entre otras. En todo momento, se respetará el presupuesto de programas y proyectos prioritarios y en especial los destinados al bienestar social.



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