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Código de Organización del Poder Judicial Artículo 196 Estado de Chiapas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código de Organización del Poder Judicial Chiapas
Artículo 196.

El Consejo de la Judicatura contará con un órgano judicial denominado Instituto de Formación Judicial, el cual tendrá como objetivo la formación, actualización y especialización de los miembros del Poder Judicial y de quienes aspiren a ingresar a éste; así como la investigación metodológica para la realización de proyectos ejecutivos en materia de administración de justicia, encaminados a la conformación de iniciativas de reformas en la materia.

Así mismo, tendrá a su cargo la compilación y sistematización de doctrina, leyes, precedentes y tesis de jurisprudencia, y la salvaguarda del acervo bibliográfico y hemerográfico, así como garantizar los servicios de información jurídica que requieran los servidores públicos del Poder Judicial y sociedad en general.



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