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Código de Organización del Poder Judicial Artículo 254 Estado de Chiapas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código de Organización del Poder Judicial Chiapas
Artículo 254.

Los Magistrados del Tribunal del Trabajo Burocrático, serán nombrados de la siguiente manera:

I. Uno por el Tribunal Constitucional;

II. Dos por el Poder Ejecutivo;

III. Uno que será designado por el Congreso del Estado, de entre las propuestas que le envíen por escrito, tres de los Ayuntamientos de mayor población en el Estado;

IV. Tres propuestos de la misma forma por las tres unidades burocráticas de mayor representatividad.



Estado de Chiapas Artículo 254 Código de Organización del Poder Judicial
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