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Código de Organización del Poder Judicial Artículo 46 Estado de Chiapas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código de Organización del Poder Judicial Chiapas
Artículo 46.

La Unidad de Apoyo Administrativo, tendrá las siguientes atribuciones:

I. Representar legalmente al Tribunal Constitucional en la celebración de actos jurídicos inherentes a su función administrativa;

II. Planear, programar, dirigir y controlar las actividades de apoyo administrativo relacionadas con el manejo de los recursos humanos, financieros y materiales del Tribunal Constitucional;

III. Informar cada tres meses sobre la asignación de recursos y ejercicio del gasto del Tribunal Constitucional;

IV. Dirigir y coordinar la elaboración de los estudios de organización, manuales y demás documentos de apoyo administrativo;

V. Vigilar el desarrollo de las funciones de control presupuestal sea realizado adecuadamente;

VI. Coordinar la ejecución de los trámites sobre movimientos e incidencia del personal;

VII. Observar las políticas y procedimientos fijados sobre los sistemas de contabilidad establecidos para la administración de los recursos humanos, financieros y materiales; y,

VIII. Las demás que señale el Presidente del Tribunal Constitucional y las establecidas en el Reglamento Interno



Estado de Chiapas Artículo 46 Código de Organización del Poder Judicial
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