Imprimir

Código de Procedimientos Administrativos Artículo 143 Estado de Veracruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 10/08/2026

Código de Procedimientos Administrativos Veracruz
Artículo 143.

Los escritos que se reciban vía correo registrado con acuse de recibo, se considerarán presentados en la fecha que los reciba la autoridad competente, salvo que se trate del desahogo de requerimientos o de promociones sujetas a término, en cuyo caso se tendrá como fecha de presentación aquella en que se depositen en la oficina de correos



Estado de Veracruz Artículo 143 Código de Procedimientos Administrativos
Artículo 1 ...141 142 143 144 145 ...347

Ver el artículo
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse