Código de Procedimientos Administrativos Artículo 36 Estado de Veracruz
Código de Procedimientos Administrativos Veracruz
Artículo 36.
En el procedimiento administrativo no se producirá la caducidad por falta de impulso. En el juicio contencioso no se producirá la caducidad de la instancia por inactividad procesal de
las partes.
Estado de Veracruz Artículo 36 Código de Procedimientos Administrativos
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Alejandro Ritch
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jose
que procede si la instituciòn del issste sigue dando licencias medicas a un trabajador que ya rebaso los dìas permitidos con goce de sueldo y no le hacen descuento de su salario, esta persona sigue faltando al trabajo porque la licencia la respalda pero ya rebaso los dìas permitidos de acuerdo al art, 37.
Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
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