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Código de Procedimientos Administrativos Artículo 67 Estado de Veracruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 26/10/2026

Código de Procedimientos Administrativos Veracruz
Artículo 67.

Los documentos públicos expedidos por autoridades de la Federación, de las entidades federativas o de los municipios, harán fe en el Estado de Veracruz, sin

necesidad de legalización.

Para que hagan fe los documentos procedentes del extranjero, deberán presentarse debidamente legalizados por las autoridades diplomáticas o consulares, o ajustarse a los convenios que la Federación haya celebrado en esta materia



Estado de Veracruz Artículo 67 Código de Procedimientos Administrativos
Artículo 1 ...65 66 67 68 69 ...347

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que procede si la instituciòn del issste sigue dando licencias medicas a un trabajador que ya rebaso los dìas permitidos con goce de sueldo y no le hacen descuento de su salario, esta persona sigue faltando al trabajo porque la licencia la respalda pero ya rebaso los dìas permitidos de acuerdo al art, 37.


Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?


Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


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