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Código de Procedimientos Civiles Artículo 1.116 Estado de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código de Procedimientos Civiles México
Artículo 1.116. Tiempo de presentación de promociones

Las promociones físicas sólo podrán presentarse dentro del horario laborable que señale el Consejo de la Judicatura.

Las promociones por vía electrónica podrán presentarse en cualquier momento en el portal que para tal efecto habilite el Consejo de la Judicatura, siguiéndose las siguientes reglas:

I. Las promociones que sean presentadas en día y hora inhábil, se tendrán por presentadas el día y hora hábil siguiente a su interposición

II. Las promociones que se presenten en día hábil pero hora inhábil, se tendrán por presentadas el día y hora hábil siguiente a su interposición.



Estado de México Artículo 1.116 Código de Procedimientos Civiles
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