Imprimir

Código de Procedimientos Civiles Artículo 1.245 Estado de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código de Procedimientos Civiles México
Artículo 1.245. Declaración de caducidad de oficio o a petición de parte

El Secretario del Tribunal, concluido el plazo de 180 días naturales, sin actividad procesal, certificará de oficio ese hecho y dará cuenta. El Tribunal dictará auto declarando caduco el proceso. La certificación y declaración de caducidad podrán ser hechas a petición de parte interesada. La caducidad extingue el proceso, pero no la pretensión, dejando a salvo los derechos. El auto relativo es apelable con efecto suspensivo.



Estado de México Artículo 1.245 Código de Procedimientos Civiles
Artículo 1.1 ...1.243 1.244 1.245 1.246 1.247 ...5.80

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse