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Código de Procedimientos Civiles Artículo 111 Estado de San Luis Potosí


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/01/2026

Código de Procedimientos Civiles
Artículo 111.

La primera notificación se hará personalmente al interesado o a su representante o procurador en la casa designada; y no encontrándolo el notificador, cerciorado de que allí vive, le dejará cédula en el que hará constar la fecha y hora en que lo entregue, el nombre y apellido del promovente, el juez o tribunal que mande practicar la diligencia, la determinación que se mande notificar y el nombre y apellido de la persona a quien se entregue, recogiéndole la firma en la copia de la cédula o asentar la causa por la cual el interesado se niegue a firmar.

Tratándose de la primera notificación al actor, o de aquellas distintas al emplazamiento; tratándose del demandado, tutores, curadores, apoderados o mandatarios en un procedimiento judicial, peritos, o el llamado a juicio de terceros, en caso de que el inmueble designado se encuentre cerrado o la persona con quien se entiende la diligencia se niegue a recibir la notificación, el funcionario que practique la diligencia, fijará la cédula en la puerta principal del inmueble, de todo lo cual asentará razón en autos



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porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es


quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69


Cuando surte efectos la notificacion en temas de registro de contratos de adhesion? Entiendo que el plazo es de 5 días hábiles, pero a partir de que momento empiezan a contar?


Podrian apoyarme como decia el articulo 3 fraccion xiv antes de su reforma, soy estudiante de la lic. De custodia penitenciaria y estoy haciendo mi tarea sobre las reformas de casi todas las leyes


Buenos días. Les informamos que esta ya es una nueva ley, en vigor desde julio de  2025, que ha sustituido a la anterior.


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