Código de Procedimientos Civiles Artículo 113 Estado de Tabasco
Código de Procedimientos Civiles Tabasco
Artículo 113. Copias certificadas
Las partes tendrán la facultad de pedir que se expidan a su costa copias certificadas de las constancias del expediente en que actúen.
Las copias certificadas se expedirán siempre mediante orden judicial y no será necesaria citación de la parte contraria cuando se solicite de uno o varios documentos o piezas completos; pero el juzgador deberá ordenar al secretario que haga la certificación con la adición de las constancias que estime pertinentes.
Cuando el interesado pida copia certificada de sólo una parte de un documento o pieza del expediente, el juzgador, sin perjuicio de la facultad que le confiere el párrafo anterior, deberá conceder a la contraparte un plazo de tres días para que solicite se adicione la copia certificada con las partes del documento que estime pertinentes.
En todo caso, si se pide copia certificada de una resolución que haya sido revocada, modificada o declarada nula, o del nombramiento de albacea, depositario, interventor o cualquier otro auxiliar de la administración de justicia que ya no desempeñe dicho cargo, al expedirse la copia deberá hacerse constar de oficio esta circunstancia.
Las certificaciones que se expidan sin cumplir con los requisitos a que se refiere este artículo estarán afectadas de nulidad.
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con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
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MMM, si se trata de el nuevo sistema penal acusatorio, el propio código establece la posibilidad de que cierta información recopilada en la carpeta de investigación, puede incorporarse al jucio mediante lectura (cuando se trata de testigos muertos, entre otros), recuerde que sa es una de las cargas procesales que incumbe al ministerio publico y al asesor jurídico cumplir.
Tratándose del sistema tradicional, (averiguación previa) el juez toma en cuenta todo lo recabado en la averiguación previa para resolver la controversia asi como lo desahogado en la instrucción.
asi que todo depende del caso concreto.
saludos
concedieron un amparo y ordenaron la reposicion de todo el proceso, pero la causa penal es de hace 10 años, como se hara el juicio su las pruebas ya no existen y algunos testigos ya no estan, alguien tiene alguna idea
cuando no hay reparacion de daño x que ministerio publico insiste en la fraccion v
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