Código de Procedimientos Civiles Artículo 12 Estado de Tabasco
Código de Procedimientos Civiles Tabasco
Artículo 12. Aplicación de las normas procesales en el tiempo
Salvo disposición legal expresa, las normas procesales entrarán en vigor a los sesenta días de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y se aplicarán a los procedimientos judiciales en trámite. Esta aplicación no podrá afectar en ningún caso las facultades o los derechos adquiridos por las partes en el curso de los procedimientos, ni a los actos procesales iniciados o consumados bajo la vigencia de la ley anterior, ni a las consecuencias jurídicas que deriven directamente de tales actos.
En consecuencia, las nuevas normas procesales no regirán para los incidentes y recursos que ya se hubiesen interpuesto, ni para los trámites, audiencias, diligencias o plazos que ya se hubiesen iniciado o tuviesen un principio de ejecución antes de su entrada en vigor, los cuales se sujetarán a las normas precedentes
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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
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