Código de Procedimientos Civiles Artículo 469 Estado de Tabasco
Código de Procedimientos Civiles Tabasco
Artículo 469. Incomparecencia del actor
Si al anunciar el despacho del negocio no estuviere presente el actor injustificadamente y sí el demandado, se impondrá a aquél una multa de hasta veinte veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, que se aplicará al demandado por vía de indemnización. Sin que se justifique haberse hecho el pago, no se citará de nuevo para juicio
Estado de Tabasco Artículo 469 Código de Procedimientos Civiles
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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
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