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Código de Procedimientos Civiles Artículo 781 Estado de Tamaulipas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2025

Código de Procedimientos Civiles Tamaulipas
Artículo 781.

Presentado el testamento público abierto, y cumplidos los requisitos de que hablan los artículos anteriores, se dictará auto de radicación. En los juicios testamentarios el auto de radicación contendrá además el mandamiento para que se convoque a los interesados y al Ministerio Público a una junta que se verificará dentro de los ocho días siguientes de la citación si la mayoría de los herederos reside en el lugar del juicio. Si la mayoría residiere fuere del lugar del juicio, el juez señalará el plazo que crea prudente, atendidas las distancias.

La junta tendrá por objeto:

I.- Dar a conocer a los herederos el albacea testamentario si lo hubiere, o proceder a su designación con el arreglo a lo dispuesto en el Código Civil;

II.- El reconocimiento, como herederos, de los nombrados en el testamento si éste no fuere impugnado ni se impugnare la capacidad legal de alguno;

III.- La designación de interventor en los casos que previene el Código Civil;

IV.- La declaración de apertura de la sucesión legítima, si el testador hubiere dispuesto en el testamento de sólo parte de sus bienes;

V.- Discutir las demás cuestiones que en la junta sometan los interesados;

VI.- La designación para los herederos menores o incapacitados de tutor o representante cuando así proceda.



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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


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