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Código de Procedimientos Familiares Artículo 367 Estado de Chihuahua


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/01/2026

Código de Procedimientos Familiares
Artículo 367.

Presentada la solicitud y el convenio o manifestación a que alude el artículo 365 de este código, cumplidas en su caso las prevenciones, el juzgado citará a los cónyuges a una audiencia, dentro de los cinco días siguientes, en la que procurará avenirlos. Los cónyuges comparecerán personalmente a la audiencia de avenencia.

De no prosperar dicho avenimiento, se procederá a la ratificación de la solicitud y convenio, por ambos cónyuges o a través de sus representantes con cláusula expresa para tal efecto y, en su caso, señalará los puntos del convenio que no se ajusten a derecho o que no considere de equidad, propondrá que lo corrijan o ajusten en la audiencia, dictando el juzgado resolución en la que decidirá sobre el convenio; si lo aprueba, declarará la disolución del vínculo matrimonial.

Una vez aprobado el convenio sobre la situación de los bienes cuando se trate de inmuebles que pasen a propiedad de las hijas e hijos menores de edad, el juzgado girará oficio a quien sea titular del Registro Público de la Propiedad, para que haga la anotación marginal correspondiente.



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porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es


quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69


Cuando surte efectos la notificacion en temas de registro de contratos de adhesion? Entiendo que el plazo es de 5 días hábiles, pero a partir de que momento empiezan a contar?


Podrian apoyarme como decia el articulo 3 fraccion xiv antes de su reforma, soy estudiante de la lic. De custodia penitenciaria y estoy haciendo mi tarea sobre las reformas de casi todas las leyes


Buenos días. Les informamos que esta ya es una nueva ley, en vigor desde julio de  2025, que ha sustituido a la anterior.


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