Código de Procedimientos Familiares Estado de Chihuahua
Código de Procedimientos Familiares Estado de Chihuahua
- Artículo 1. Las disposiciones de este código regirán en el Estado de Chihuahua, en...
- Artículo 2. La observancia de las normas procesales es de orden público e interés...
- Artículo 3. En la interpretación de las normas del procedimiento se tendrá en cuenta lo...
- Artículo 4. La iniciativa del proceso, salvo los casos en que corresponde al ministerio...
- Artículo 5. La dirección del proceso está confiada al tribunal, el que la ejercerá de...
- Artículo 6. Los tribunales tienen, sin perjuicio de las especiales que les concede la...
- Artículo 7. Las órdenes de protección, tienen como fin salvaguardar integralmente a las...
- Artículo 8. Respecto de la fe y valor legal que deba darse a los actos de los estados y...
- Artículo 9. En los asuntos a que se refiere este código se respetarán los tratados y...
- Artículo 10. La acción es el poder jurídico que corresponde a una persona para acudir al...
- Artículo 11. La acción es única e indivisible por ser su finalidad idéntica, cualquiera...
- Artículo 12. Las acciones del estado civil tienen por objeto: comprobar el nacimiento,...
- Artículo 13. Las acciones personales se deducirán para exigir el cumplimiento de una...
- Artículo 14. Cuando haya varias acciones contra una misma persona, respecto de una misma...
- Artículo 15. Las acciones duran lo que la obligación que representan, salvo los casos en...
- Artículo 16. Intentada la acción y fijados los puntos cuestionados, no podrán modificarse...
- Artículo 17. Se llaman excepciones los argumentos de defensa que pueda emplear el...
- Artículo 18. Son excepciones procesales las siguientes: I. La incompetencia del juez...
- Artículo 19. Salvo lo dispuesto en el artículo siguiente, las excepciones procesales se...
- Artículo 20. La incompetencia, así como la falta de personalidad o de capacidad, por...
- Artículo 21. En la excepción de falta de personalidad de la actora o de la demandada, o...
- Artículo 22. La incompetencia puede promoverse por declinatoria o por inhibitoria. La...
- Artículo 23. Las cuestiones de competencia solo podrán entablarse a instancia de parte,...
- Artículo 24. La declinatoria de competencia se propondrá ante el juez o jueza a quien se...
- Artículo 25. La inhibitoria, tratándose de tribunales del Estado, se intentará ante el...
- Artículo 26. El juez o jueza ante quien se promovió la inhibitoria, ya sea que él o ella...
- Artículo 27. Si por los documentos que se hubieren presentado o por otras constancias de...
- Artículo 28. Cuando dos o más jueces se nieguen a conocer de determinado asunto, la parte...
- Artículo 29. Al dirimirse las cuestiones de competencia solo los litigantes serán...
- Artículo 30. Ningún juez o jueza puede sostener competencia con su superior inmediato,...
- Artículo 31. En la sustanciación de las competencias que se susciten entre los tribunales...
- Artículo 32. Es nulo lo actuado por el juez o jueza que fuere declarado incompetente o...
- Artículo 33. La nulidad a que se refiere el artículo anterior es de pleno derecho y, por...
- Artículo 34. La excepción de litispendencia procede cuando el juzgado conoce ya del mismo...
- Artículo 35. El objeto de la excepción de conexidad es que un mismo tribunal conozca los...
- Artículo 36. No procederá la excepción de conexidad de litigios: I. Cuando los...
- Artículo 37. Las excepciones perentorias deben oponerse precisamente al contestar la...
- Artículo 38. Las sentencias ejecutoriadas, las transacciones y pagos judiciales y...
- Artículo 39. Las partes podrán autorizar para oír notificaciones en su nombre o...
- Artículo 40. Por las personas con discapacidad mental o intelectiva, o aquellas personas...
- Artículo 41. Las personas ausentes e ignoradas serán representadas como se previene en el...
- Artículo 42. Siempre que dos o más personas ejerciten una misma acción u opongan la misma...
- Artículo 43. Mientras continúe quien tenga el mandato o representación en su encargo,...
- Artículo 44. Los tribunales examinarán la personalidad de las partes bajo su...
- Artículo 45. La parte actora no está obligada a justificar la personalidad que atribuye a...
- Artículo 46. Los actos procesales para los que la ley no exija formas determinadas,...
- Artículo 47. Las actuaciones judiciales se practicarán en días y horas hábiles. Son días...
- Artículo 48. Las actuaciones judiciales y las promociones deberán escribirse en español,...
- Artículo 49. En las actuaciones judiciales no se emplearán abreviaturas, raspaduras,...
- Artículo 50. Las actuaciones judiciales que consten por escrito deberán ser autorizadas...
- Artículo 51. Las audiencias en los negocios familiares serán privadas. No se...
- Artículo 52. Todas las demandas y en general todas las promociones con que se inicie un...
- Artículo 53. El Pleno del Tribunal Superior de Justicia determinará los mecanismos que...
- Artículo 54. Quienes encabecen juzgados de primera y segunda instancia recibirán por sí...
- Artículo 55. Las diligencias que deban practicarse en lugar distinto al de la residencia...
- Artículo 56. Las declaraciones por escrito o por comparecencia ante el juez o jueza, se...
- Artículo 57. No podrá citarse a fedatarios púbicos en calidad de partes, con motivo de...
- Artículo 58. Las diligencias se verificarán en el juzgado o sala, a menos de que por...
- Artículo 59. Al primer escrito o comparecencia deberán acompañarse, sin perjuicio de lo...
- Artículo 60. Cuando de una promoción deba correrse traslado a la parte contraria de quien...
- Artículo 61. Los documentos que se hubieren presentado en juicio se devolverán a las...
- Artículo 62. Cada parte podrá pedir que a su costa se le expida copia certificada de los...
- Artículo 63. Las actuaciones y las notificaciones serán nulas, cuando a las primeras les...
- Artículo 64. La nulidad establecida en beneficio de una de las partes, no puede ser...
- Artículo 65. La nulidad deberá ser reclamada en la actuación subsecuente. Se...
- Artículo 66. La nulidad de actuaciones y de notificaciones se tramitará en la vía...
- Artículo 67. La nulidad declarada por defecto en el emplazamiento, implica la nulidad de...
- Artículo 68. En todos los casos de nulidad de actuaciones o notificaciones de previo y...
- Artículo 69. En ningún caso se entregarán los autos a las partes para que los trasladen...
- Artículo 70. Si se perdieren o destruyeren total o parcialmente los archivos, serán...
- Artículo 71. Las audiencias serán privadas y presididas por el juez o la jueza, bajo...
- Artículo 72. Es obligación de las partes asistir a las audiencias del procedimiento, por...
- Artículo 73. El juez o jueza determinará el inicio y la conclusión de cada una de las...
- Artículo 74. La persona titular del juzgado ordenará la práctica de las pruebas, dirigirá...
- Artículo 75. Las resoluciones judiciales pronunciadas en las audiencias se tendrán por...
- Artículo 76. Durante el desarrollo de las audiencias, de estimarlo necesario, el juez o...
- Artículo 77. Para producir fe, las audiencias se registrarán por medios electrónicos o...
- Artículo 78. La secretaría judicial deberá certificar el medio en donde se encuentre...
- Artículo 79. Tratándose de copias simples, el tribunal debe expedir sin demora alguna,...
- Artículo 80. La conservación de los registros estará a cargo del juzgado que los haya...
- Artículo 81. En el tribunal estarán disponibles los equipos, y el personal de auxilio,...
- Artículo 82. Las resoluciones judiciales pueden ser sentencias, interlocutorias o autos....
- Artículo 83. La sentencia podrá hacer mérito de los hechos constitutivos, modificativos o...
- Artículo 84. Los autos contendrán una breve exposición del punto de que se trate y la...
- Artículo 85. Los autos, interlocutorias y sentencias deberán dictarse en los plazos...
- Artículo 86. Los tribunales no podrán por ningún motivo, aplazar, demorar, omitir o negar...
- Artículo 87. Las resoluciones judiciales, una vez firmadas y autorizadas por los...
- Artículo 88. Los autos que no sean apelables podrán revocarse o modificarse mediante la...
- Artículo 89. Las resoluciones judiciales dictadas con el carácter de provisionales pueden...
- Artículo 90. Las resoluciones judiciales se tendrán por consentidas cuando notificada la...
- Artículo 91. Toda resolución tiene a su favor la presunción de haberse pronunciado según...
- Artículo 92. La sentencia firme o ejecutoriada produce acción y excepción contra quienes...
- Artículo 93. Quienes encabecen juzgados de primera y segunda instancia tienen el deber de...
- Artículo 94. Son correcciones disciplinarias: I. La amonestación. II. La multa...
- Artículo 95. Las correcciones disciplinarias podrán imponerse de plano en el acto de...
- Artículo 96. Para hacer cumplir las determinaciones el tribunal puede emplear cualquiera...
- Artículo 97. Los términos que este c ódigo establece, salvo los casos de excepción por...
- Artículo 98. Para fijar la duración de los términos, los meses se computarán por el...
- Artículo 99. Los términos no podrán volverse a abrir después de concluidos, ni...
- Artículo 100. Concluidos los términos concedidos, sin necesidad de instancia de parte ni...
- Artículo 101. Cuando este código no señale término para la práctica de algún acto judicial...
- Artículo 102. Toda actuación judicial, salvo disposición expresa en contrario, debe ser...
- Artículo 103. Todas las resoluciones se notificarán a las partes; a personas extrañas al...
- Artículo 104. Todos los litigantes en el primer escrito que presenten o en la primera...
- Artículo 105. Se notificará personalmente en el domicilio del interesado, salvo si se...
- Artículo 106. Si se tratare de la notificación de la demanda y a la primera búsqueda no se...
- Artículo 107. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, cuando después de...
- Artículo 108. Cuando no se conociere el domicilio, ni el lugar en que trabaje...
- Artículo 109. Cuando la persona que por primera vez deba ser notificada se encontrare o...
- Artículo 110. Cuando se ignore el domicilio y paradero de la persona que debe ser...
- Artículo 111. Las instituciones y autoridades estarán obligadas a proporcionar la...
- Artículo 112. En los despachos o exhortos que se libren y en los edictos que se publiquen...
- Artículo 113. Las notificaciones personales se harán indistintamente por el secretario o...
- Artículo 114. La notificación por lista se dará por hecha y surtirá sus efectos legales al...
- Artículo 115. Para los efectos del artículo anterior, las secretarías de las salas y...
- Artículo 116. Cuando se trate de citar a peritos, testigos o personas que no sean parte en...
- Artículo 117. Cuando tuviera que practicarse alguna diligencia fuera del lugar en que se...
- Artículo 118. Los exhortos y despachos que se reciban se proveerán dentro de las...
- Artículo 119. Los exhortos y despachos contendrán las inserciones necesarias según la...
- Artículo 120. Si no fuere obsequiado el exhorto o despacho dirigido por un juez o jueza...
- Artículo 121. El exhorto o despacho se puede remitir por correo certificado con acuse de...
- Artículo 122. Cuando se trate de exhortos o despachos entre tribunales del estado, no se...
- Artículo 123. Los exhortos dirigidos a los tribunales extranjeros o que estos envíen a los...
- Artículo 124. Para las diligencias que tengan que practicarse en lugar distinto al en que...
- Artículo 125. No se notificará a quien presente un exhorto o despacho, ni al representante...
- Artículo 126. Los tribunales podrán acordar que los exhortos y despachos se entreguen,...
- Artículo 127. Al dirigirse los tribunales a funcionarios o autoridades del Estado o de la...
- Artículo 128. Se llaman costas todos los gastos hechos para promover y sostener un...
- Artículo 129. Cada parte será inmediatamente responsable de las costas que originen las...
- Artículo 130. La condenación en costas se hará cuando así lo prevenga la ley. Siempre...
- Artículo 131. Las costas serán reguladas por la parte a cuyo favor se hubieren declarado,...
- Artículo 132. Toda demanda o promoción debe formularse ante tribunal competente. La...
- Artículo 133. Salvo la competencia territorial, ninguna otra es prorrogable. Cuando se...
- Artículo 134. Ningún tribunal puede negarse a conocer de un asunto sino por considerarse...
- Artículo 135. Es tribunal competente aquel al que las personas litigantes, cuando se trate...
- Artículo 136. Hay sumisión expresa cuando las partes interesadas renuncian clara y...
- Artículo 137. Se entienden sometidos tácitamente: I. La parte demandante o...
- Artículo 138. Es juez o jueza competente: I. En los actos de jurisdicción voluntaria...
- Artículo 139. Los juzgados menores serán competentes para conocer en materia familiar, de...
- Artículo 140. En la reconvención, las cuestiones de tercería, los actos preparatorios a...
- Artículo 141. Toda persona titular de sala o juzgado, así como los secretarios o...
- Artículo 142. Las personas titulares de sala, juzgado, así como los secretarios o...
- Artículo 143. Cuando alguna de las partes, o titular de juzgado o sala que deba conocer...
- Artículo 144. Cuando los titulares de sala o juzgado, así como los secretarios o...
- Artículo 145. Cuando en un negocio intervengan varias personas antes de haber nombrado...
- Artículo 146. En el supuesto del artículo anterior, se admitirá la recusación cuando la...
- Artículo 147. No se admitirá recusación: I. En los actos prejudiciales. II. Al...
- Artículo 148. En los procedimientos de apremio no se dará curso a ninguna recusación sino...
- Artículo 149. Las recusaciones pueden interponerse hasta antes de la calificación sobre la...
- Artículo 150. Entre tanto se califica o decide, la recusación no suspende la jurisdicción...
- Artículo 151. Declarada procedente la recusación, termina la jurisdicción del titular de...
- Artículo 152. Una vez interpuesta la recusación, la parte recusante no podrá variar la...
- Artículo 153. Si se declarare improcedente o no probada la causa de recusación que se...
- Artículo 154. La persona titular de sala o juzgado recusada, desechará de plano toda...
- Artículo 155. Toda recusación se interpondrá ante la persona titular de sala o juzgado que...
- Artículo 156. Recibidos el testimonio y el informe a que se refiere el artículo anterior...
- Artículo 157. El tribunal que conozca de la recusación abrirá el asunto a prueba, de...
- Artículo 158. El tribunal que conozca de la recusación abrirá el asunto a prueba, de...
- Artículo 159. Si se desecha, se declara improcedente o no se prueba la causa de...
- Artículo 160. Las recusaciones de los secretarios o secretarias judiciales se sustanciarán...
- Artículo 161. Quien sea deudor alimentista puede promover diligencias de consignación,...
- Artículo 162. La consignación puede hacerse en especie o en dinero, este último se hará...
- Artículo 163. Hecha la consignación, el juzgado debe proveer auto, haciendo saber a la...
- Artículo 164. Si la acreedora alimentaria recibe lo consignado lisa y llanamente, se debe...
- Artículo 165. Cuando la acreedora alimentaria no comparezca o se rehúse en el acto de la...
- Artículo 166. Quien intente demandar, denunciar o querellarse contra su cónyuge, concubina...
- Artículo 167. La solicitud de separación podrá hacerse verbalmente o por escrito y en esta...
- Artículo 168. Presentada la solicitud, si el juez o jueza considera que procede, debe...
- Artículo 169. Durante la realización de la separación, el juzgado deberá prevenir a la...
- Artículo 170. El juzgado puede modificar las resoluciones decretadas cuando los cónyuges o...
- Artículo 171. Durante la separación, el juzgado, según las circunstancias del caso, deberá...
- Artículo 172. Durante la separación, el juzgado, según las circunstancias del caso, deberá...
- Artículo 173. Una vez vencido el plazo concedido, si la parte solicitante no acredita ante...
- Artículo 174. El juicio podrá prepararse: I. Pidiendo quien pretende demandar,...
- Artículo 175. Al pedirse la diligencia preparatoria, deberá expresarse el motivo por que...
- Artículo 176. El juzgado puede disponer lo que crea conveniente, ya para cerciorarse de la...
- Artículo 177. Cuando se pida la exhibición de un protocolo o de cualquier otro documento...
- Artículo 178. Las diligencias preparatorias de que se trata en las fracciones II y III del...
- Artículo 179. Contra la resolución que conceda una diligencia preparatoria no cabrá...
- Artículo 180. Promovido el juicio, el tribunal, a solicitud de quien hubiere pedido la...
- Artículo 181. El juicio podrá prepararse: I. Pidiendo quien pretende demandar,...
- Artículo 182. Las disposiciones del artículo anterior comprenden no solo a la parte...
- Artículo 183. Las providencias precautorias establecidas por este código podrán decretarse...
- Artículo 184. Quien pida la providencia precautoria deberá acreditar el derecho que tiene...
- Artículo 185. Si el arraigo de una persona para que comparezca en juicio se pide al tiempo...
- Artículo 186. Si la petición de arraigo se presentare antes de entablar la demanda, además...
- Artículo 187. Quien quebrante el arraigo quedará sujeto a lo dispuesto por el Código Penal...
- Artículo 188. Cuando se solicite el secuestro provisional, para garantizar el pago de...
- Artículo 189. No obstante que la parte demandada consigne el valor u objeto reclamado como...
- Artículo 190. Ni para recibir las pruebas ni para dictar una providencia precautoria se...
- Artículo 191. En la ejecución de las providencias precautorias no se admitirá oposición...
- Artículo 192. El aseguramiento de bienes, decretado por providencia precautoria, se regirá...
- Artículo 193. Ejecutada la providencia precautoria antes de ser entablada la demanda,...
- Artículo 194. La persona contra quien se haya dictado una providencia precautoria puede...
- Artículo 195. Puede un tercero, reclamar la providencia precautoria a que se refiere el...
- Artículo 196. Cuando la providencia precautoria se dicte por un juez o jueza que no sea...
- Artículo 197. Se tramitarán en la vía ordinaria, todas las contiendas que no tengan...
- Artículo 198. Tratándose de asuntos que no impliquen controversia, entre otros, el...
- Artículo 199. En el proceso ordinario el juzgado deberá observar en todo momento los...
- Artículo 200. El procedimiento ordinario comienza con la presentación del escrito de...
- Artículo 201. Con la demanda la actora debe adjuntar los siguientes documentos: I....
- Artículo 202. Si a criterio del juzgado los hechos de la demanda fueren oscuros,...
- Artículo 203. Radicada la demanda, no se admitirán a la parte actora otros documentos para...
- Artículo 204. Cuando la demanda reúna los requisitos fijados en los artículos anteriores,...
- Artículo 205. En los juicios en los que el juzgado considere procedente el trámite de...
- Artículo 206. Los efectos de la presentación de la demanda son: I. Interrumpir la...
- Artículo 207. Los efectos del emplazamiento son: I. Prevenir el proceso en favor del...
- Artículo 208. La demandada deberá contestar la demanda dentro del plazo fijado en el auto...
- Artículo 209. El escrito de contestación se formulará sujetándose a las reglas...
- Artículo 210. Si en la contestación a la demanda se opusiere reconvención, se correrá...
- Artículo 211. Transcurrido el término del emplazamiento sin que la demandada haya dado...
- Artículo 212. Contestada la demanda, se tendrá a la parte demandada por conforme con todos...
- Artículo 213. Transcurridos los plazos para contestar la demanda y, en su caso, la...
- Artículo 214. Confesada la demanda en todas sus partes o allanándose a la misma, el juez o...
- Artículo 215. La audiencia preliminar se integra por dos fases: I. Junta anticipada,...
- Artículo 216. La junta anticipada tiene por objeto: I. Cruzar información y pruebas...
- Artículo 217. La audiencia ante el juez o la jueza tiene por objeto: I. Enunciación...
- Artículo 218. Ambas partes deberán comparecer a la audiencia preliminar, directamente, por...
- Artículo 219. La junta anticipada se desarrollará oralmente, ante el secretario o...
- Artículo 220. El juez o jueza en la segunda fase de la audiencia preliminar, procederá a...
- Artículo 221. En las etapas respectivas el juez o jueza revisará y, de proceder, aprobará...
- Artículo 222. En caso de que las partes no lleguen a un acuerdo probatorio, el juez o...
- Artículo 223. El juzgado fijará fecha para la celebración de la audiencia de juicio, que...
- Artículo 224. Abierta la audiencia, el juez o jueza escuchará los alegatos de apertura de...
- Artículo 225. En la audiencia fijada para resolver, el juez o jueza expondrá de forma oral...
- Artículo 226. Son incidentes las cuestiones que se promueven en un juicio y tienen...
- Artículo 227. Los incidentes se tramitarán por escrito y en el mismo se ofrecerán las...
- Artículo 228. Los incidentes que surjan con motivo del desarrollo de la audiencia se...
- Artículo 229. La acumulación de autos procederá de oficio o a instancia de parte legítima....
- Artículo 230. La acumulación procede: I. Cuando entre dos o más juicios hay identidad...
- Artículo 231. No procede la acumulación: I. Cuando los juicios estén en diversas...
- Artículo 232. La acumulación puede pedirse en cualquier estado del juicio hasta antes de...
- Artículo 233. Si un mismo juzgado conoce de los autos cuya acumulación se pide, se citará...
- Artículo 234. Si los juicios se siguieren en juzgados diferentes, se promoverá la...
- Artículo 235. El juzgado ante quien se pidiere la acumulación en el caso del artículo...
- Artículo 236. El juez o la jueza requeridos, luego que reciba el oficio a que se refiere...
- Artículo 237. Cuando se negare la acumulación, el juzgado requerido librará dentro de tres...
- Artículo 238. Si el juzgado que requirió la acumulación encontrare fundados los motivos...
- Artículo 239. El auto de desistimiento a que se refiere el artículo anterior y el que...
- Artículo 240. Desde que se pida la acumulación, quedará en suspenso la sustanciación de...
- Artículo 241. Es válido todo lo practicado por los jueces competentes antes de la...
- Artículo 242. Para conocer la verdad sobre los puntos controvertidos, podrán los...
- Artículo 243. En los casos en que se involucren intereses de niñas, niños, adolescentes,...
- Artículo 244. La parte actora debe probar los hechos constitutivos de su acción y la...
- Artículo 245. Solo los hechos están sujetos a prueba; el derecho lo estará únicamente...
- Artículo 246. Los terceros están obligados en todo tiempo, a prestar auxilio a los...
- Artículo 247. Excepto los casos señalados por la ley, las diligencias de prueba solo...
- Artículo 248. Cuando el juez o jueza lo estime necesario en el desahogo de las pruebas o...
- Artículo 249. Los tribunales tomarán en consideración, aunque las partes no lo pidan, las...
- Artículo 250. Cuando una de las partes se oponga a la inspección o reconocimiento...
- Artículo 251. La ley reconoce como medios de prueba a: I. La confesión. II. La...
- Artículo 252. Las disposiciones contenidas en este Capítulo son aplicables a todos los...
- Artículo 253. Confesión es el reconocimiento que hace alguna de las partes sobre los...
- Artículo 254. La confesión puede ser judicial o expresa, tácita o ficta. I. Es...
- Artículo 255. La confesión judicial o expresa hace prueba contra la parte que la realiza....
- Artículo 256. La confesión tácita o ficta producirá efectos probatorios, salvo en lo que...
- Artículo 257. La no comparecencia a la citación, sin causa justificada, así como la...
- Artículo 258. Las partes pueden articularse posiciones recíprocamente, las que deberán...
- Artículo 259. La declaración y la absolución de posiciones deberán ser hechas por la parte...
- Artículo 260. Solo pueden absolver posiciones las partes en el procedimiento. La...
- Artículo 261. Las posiciones deben cumplir con los siguientes requisitos: I....
- Artículo 262. El juez o la jueza tienen la facultad para interrogar a la absolvente...
- Artículo 263. Las respuestas de la absolvente deben ser categóricas, en sentido afirmativo...
- Artículo 264. En caso de imposibilidad debidamente justificada de la parte absolvente para...
- Artículo 265. La parte absolvente será declarada confesa, cuando: I. Sin justa causa...
- Artículo 266. Si fueren varios quienes hayan de absolver posiciones, las diligencias se...
- Artículo 267. Cuando la absolvente resida fuera del lugar del juicio, el juzgado proveerá...
- Artículo 268. La declaración de parte consiste en la formulación de un interrogatorio oral...
- Artículo 269. Las preguntas se formularán libremente sin incorporar valoraciones ni...
- Artículo 270. Si la parte declarante se niega a contestar o se conduce con evasivas, el...
- Artículo 271. El juez o jueza interrogará al declarante cuando lo estime pertinente y...
- Artículo 272. La declaración de parte podrá recibirse con independencia de la confesional....
- Artículo 273. Todas las personas que tengan conocimiento de hechos que las partes deban...
- Artículo 274. Las partes tienen la obligación de presentar sus testigos. Sin embargo,...
- Artículo 275. El examen de los testigos se hará en presencia de las partes que...
- Artículo 276. Para el examen y contra examen de los testigos las preguntas serán...
- Artículo 277. En caso que por enfermedad que lo impida , o por circunstancias especiales...
- Artículo 278. A las personas titulares del Ejecutivo Estatal, Secretaría de Gobierno,...
- Artículo 279. Cuando la persona que va a testificar resida fuera del lugar del juicio, el...
- Artículo 280. Salvo los casos previstos en los artículos 278 y 279 de este código, las...
- Artículo 281. El juez o jueza puede intervenir cuando la persona que rinde testimonio...
- Artículo 282. En el examen de una testimonial, pueden las partes en la misma audiencia...
- Artículo 283. Se considera documento a todo soporte material que contenga información...
- Artículo 284. Se consideran públicos los documentos expedidos por hombres o mujeres que...
- Artículo 285. Son documentos privados los que no reúnen los requisitos previstos para los...
- Artículo 286. El documento público se presume auténtico mientras no se demuestre lo...
- Artículo 287. Los demás documentos privados emanados de las partes, se tendrán por...
- Artículo 288. La parte que quiera servirse de un documento que se encuentre en una...
- Artículo 289. Cuando las partes ofrezcan documentos que están en poder de terceros,...
- Artículo 290. La parte que pretenda servirse de un documento que según su manifestación,...
- Artículo 291. Los documentos se objetarán en cuanto a su alcance y valor probatorio en la...
- Artículo 292. La parte que impugne de falsedad material de un documento, lo hará en vía...
- Artículo 293. Los documentos privados y la correspondencia procedentes de uno de los...
- Artículo 294. En los casos de desconocimiento de las firmas o de manifestación de...
- Artículo 295. Se considerarán indubitados para el cotejo: I. Los documentos que las...
- Artículo 296. Los documentos se exhibirán al momento de presentar la demanda y...
- Artículo 297. Todo documento redactado en idioma extranjero se presentará en original al...
- Artículo 298. Cuando el documento a que se refiere el artículo anterior no tratare de...
- Artículo 299. Siempre que una de las partes litigantes pidiere copia o testimonio de parte...
- Artículo 300. Los documentos existentes en Distrito Judicial distinto a aquel en que se...
- Artículo 301. Los documentos privados se presentarán originales, y cuando formen parte de...
- Artículo 302. Si el documento se encuentra en libros o archivos de alguna negociación...
- Artículo 303. Solo puede reconocer un documento privado quien lo firma, quien lo manda...
- Artículo 304. Podrá pedirse el cotejo de firmas o letras, siempre que se niegue o se ponga...
- Artículo 305. El informe es un medio de prueba autónomo, que consiste en la rendición de...
- Artículo 306. No será admisible el informe que manifiestamente tienda a sustituir o...
- Artículo 307. Cuando el requerimiento fuere procedente, el informe solo podrá ser negado...
- Artículo 308. El juez o la jueza, cuando lo consideren conveniente, podrán disponer que el...
- Artículo 309. Las partes podrán impugnar de falsedad el informe, en cuyo caso se deberá...
- Artículo 310. La prueba pericial procede cuando sean necesarios conocimientos especiales...
- Artículo 311. Siempre que las partes ofrezcan la prueba pericial, se desahogará por una o...
- Artículo 312. El ofrecimiento de la prueba pericial se sujetará a los siguientes términos:...
- Artículo 313. Las partes podrán convenir en la designación de solo una o un perito para...
- Artículo 314. Tratándose de avalúos sobre bienes inmuebles, no es aplicable la figura de...
- Artículo 315. Si para la elaboración del dictamen, se requiere la presencia de las partes...
- Artículo 316. Si se trata de fijar valores y la diferencia entre los avalúos de las...
- Artículo 317. Las personas nombradas como peritos pueden ser recusadas con expresión de...
- Artículo 318. Las personas nombradas como peritos oficiales designadas por el juzgado...
- Artículo 319. El juzgado de oficio o a petición de parte, puede verificar inspecciones o...
- Artículo 320. Al admitir la prueba el juzgado ordenará que el reconocimiento o inspección...
- Artículo 321. La inspección o reconocimiento será videograbada y se levantará un acta que...
- Artículo 322. Para acreditar hechos o circunstancias que tengan relación con el negocio...
- Artículo 323. La parte que ofrezca como medio de prueba los señalados en el artículo...
- Artículo 324. Cuando se necesiten conocimientos especiales para la apreciación de los...
- Artículo 325. Se entenderá por presunción, la conclusión que se obtiene infiriendo de un...
- Artículo 326. Hay presunción legal cuando la ley la establece expresamente y cuando la...
- Artículo 327. El que tiene a su favor una presunción legal, solo está obligado a probar el...
- Artículo 328. Contra la presunción legal no se admitirá prueba cuando la ley lo prohíba...
- Artículo 329. La persona titular del juzgado valorará libremente las pruebas tomando en...
- Artículo 330. Hay cosa juzgada cuando la sentencia causa ejecutoria. Causan ejecutoria por...
- Artículo 331. Causan ejecutoria por declaración judicial: I. Las sentencias...
- Artículo 332. En los casos previstos en las fracciones I y II del artículo anterior,...
- Artículo 333. El auto en que se declare que una sentencia ha causado ejecutoria, no admite...
- Artículo 334. La demanda sobre el pago de alimentos que se deban por disposición de la...
- Artículo 335. Si el juzgado considera acreditada la obligación alimentaria, dictará el...
- Artículo 336. La orden de descuento de los alimentos y el informe solicitado, se atenderá...
- Artículo 337. Cuando no se acredite la capacidad económica de la deudora alimentista, en...
- Artículo 338. Fuera de los casos anteriores, se ordenará requerir a la parte deudora...
- Artículo 339. En el mismo auto que dé entrada a la demanda, el juzgado proveerá la...
- Artículo 340. Las cuestiones que se promuevan sobre el importe de los alimentos...
- Artículo 341. La sentencia que decrete los alimentos, fijará la pensión correspondiente y...
- Artículo 342. La sentencia en que se nieguen los alimentos es apelable en efecto...
- Artículo 343. Si en términos de la Convención sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción...
- Artículo 344. Es competente para conocer la restitución, el juez o jueza en cuya...
- Artículo 345. Cuando se solicita la restitución de un infante es competente el juez o...
- Artículo 346. Pueden promover el procedimiento a que se refiere este capítulo, quienes...
- Artículo 347. Las actuaciones del artículo precedente, se deben practicar con intervención...
- Artículo 348. Cuando una persona, institución u organismo sostenga que una niña o niño fue...
- Artículo 349. La solicitud que se presente al juzgado debe contener: I. La...
- Artículo 350. La parte solicitante a su vez debe acompañar a la solicitud lo siguiente:...
- Artículo 351. Luego de recibida la solicitud y de no existir prevención alguna, el juez o...
- Artículo 352. Cuando se solicite la restitución de una niña o un niño por la autoridad...
- Artículo 353. Si la parte requerida no comparece a la audiencia, se tiene por precluido su...
- Artículo 354. En la misma audiencia el juez o jueza oirá los alegatos que expresen las...
- Artículo 355. Si comparece la parte requerida y accede a la restitución voluntaria de la...
- Artículo 356. Si la persona requerida comparece y opone excepciones y defensas , el juez...
- Artículo 357. En la audiencia se deben desahogar las pruebas y las partes deben exponer...
- Artículo 358. En esta audiencia, el juez o jueza debe emitir la resolución...
- Artículo 359. Por la complejidad del asunto, el juez o jueza puede dictar la sentencia...
- Artículo 360. Por la complejidad del asunto, el juez o jueza puede dictar la sentencia...
- Artículo 361. De la sentencia debe quedar constancia íntegra en los registros y archivos...
- Artículo 362. Si el juez o jueza resuelve favorablemente la restitución de la niña o niño,...
- Artículo 363. En lo que no se oponga al presente capítulo, se deben aplicar los...
- Artículo 364. La sentencia definitiva que conceda o niegue la restitución de la niña o...
- Artículo 365. Cuando ambos cónyuges convengan en divorciarse, presentarán su solicitud...
- Artículo 366. El divorcio por mutuo consentimiento solo puede pedirse después de un año de...
- Artículo 367. Presentada la solicitud y el convenio o manifestación a que alude el...
- Artículo 368. Cuando estén involucrados derechos de niñas, niños, adolescentes; personas...
- Artículo 369. La sentencia que decrete el divorcio es irrecurrible y por ende causará...
- Artículo 370. De toda sentencia ejecutoriada de divorcio, se remitirá copia certificada al...
- Artículo 371. Los cónyuges menores de edad necesitan de una persona que funja como tutor o...
- Artículo 372. Los cónyuges que hayan convenido disolver el vínculo matrimonial por mutuo...
- Artículo 373. La ejecución de sentencia que haya causado ejecutoria, así como de las...
- Artículo 374. Cuando se pida la ejecución de sentencia, el juzgado señalará a la parte...
- Artículo 375. Cuando la sentencia ordene la entrega de personas, el juzgado dictará las...
- Artículo 376. Cuando la sentencia condene al pago de una cantidad líquida, no será...
- Artículo 377. Si los bienes embargados fueren dinero, se hará pago a la acreedora...
- Artículo 378. Si los bienes embargados fueren dinero, se hará pago a la acreedora...
- Artículo 379. Del precio del remate se pagará al ejecutante el importe de su crédito y se...
- Artículo 380. Si la sentencia contuviere condena al pago de cantidad líquida y de otra no...
- Artículo 381. Si la sentencia no contiene cantidad líquida la parte a cuyo favor se...
- Artículo 382. Cuando la sentencia hubiere condenado al pago de daños y perjuicios sin...
- Artículo 383. Si la sentencia condena a hacer alguna cosa, el juzgado señalará a la...
- Artículo 384. Si la parte ejecutante optare en cualquiera de los casos enumerados en el...
- Artículo 385. Cuando la sentencia condene a rendir cuentas, el juzgado señalará un término...
- Artículo 386. En el caso a que se refiere la primera parte del artículo anterior, la...
- Artículo 387. Si la deudora presenta sus cuentas en el término señalado, quedarán estas...
- Artículo 388. Si la obligada no rindiere las cuentas en el plazo que se le señaló, puede...
- Artículo 389. Cuando la sentencia condene a dividir una cosa común y no establezca las...
- Artículo 390. Si la sentencia condena a no hacer, su infracción se resolverá en el pago de...
- Artículo 391. Cuando en virtud de la sentencia o de alguna otra determinación del juzgado...
- Artículo 392. Todos los gastos y costas que se originen en la ejecución de una sentencia...
- Artículo 393. La acción para pedir la ejecución de una sentencia, transacción o convenios...
- Artículo 394. La acción para pedir la ejecución de una sentencia, transacción o convenios...
- Artículo 395. Cuando la sentencia debe ejecutarse en lugar distinto a la jurisdicción del...
- Artículo 396. Decretado el auto de ejecución, el cual tendrá fuerza de mandamiento en...
- Artículo 397. En la ejecución de sentencia, si la condenada en ella no fuere hallada a la...
- Artículo 398. El derecho de designar los bienes que deben embargarse corresponde a la...
- Artículo 399. Quedan exceptuados de embargo: I. Los bienes que constituyen el...
- Artículo 400. La deudora sujeta a patria potestad o a tutela, quien estuviere físicamente...
- Artículo 401. Cuando se embarguen bienes que estuvieren arrendados, las arrendatarias...
- Artículo 402. Embargada una cosa no se entenderán embargados también sus frutos, rentas y...
- Artículo 403. Cuando entre los bienes embargados estuviere comprendida alguna finca...
- Artículo 404. Cualquier dificultad que se suscite en la diligencia de embargo no la...
- Artículo 405. De todo embargo de bienes raíces se tomará razón en el Registro Público de...
- Artículo 406. El embargo solo subsistirá en cuanto los bienes que fueron objeto de él...
- Artículo 407. Podrá pedirse la ampliación de embargo: I. Cuando practicado el remate...
- Artículo 408. Los bienes embargados se pondrán en depósito de persona nombrada por la...
- Artículo 409. Cuando se aseguren créditos diversos a los exceptuados en el artículo...
- Artículo 410. Si los créditos a que se refiere el artículo anterior fueren litigiosos, la...
- Artículo 411. Si el embargo recae sobre bienes muebles que no sean dinero, alhajas, ni...
- Artículo 412. La depositaria, en el caso del artículo anterior, pondrá en conocimiento del...
- Artículo 413. Si los muebles depositados fueren cosas fungibles, la persona depositaria...
- Artículo 414. Si los muebles depositados fueren cosas susceptibles de deterioro o...
- Artículo 415. Si el secuestro recayere en finca urbana y sus rentas o sobre estas...
- Artículo 416. Pedida la autorización a que se refiere la fracción V del artículo anterior,...
- Artículo 417. Si el secuestro se efectúa en una finca rústica o en una negociación...
- Artículo 418. Si en el cumplimiento de los deberes que el artículo anterior impone a la...
- Artículo 419. Quienes tengan a su cargo la administración o intervención de los bienes...
- Artículo 420. El juzgado, con audiencia de las partes, aprobará o desaprobará la cuenta...
- Artículo 421. Será removido de plano la depositaria o interventora en los siguientes...
- Artículo 422. La depositaria o la interventora y la parte actora, cuando esta la hubiere...
- Artículo 423. Las personas nombradas como depositarias e interventoras percibirán como...
- Artículo 424. Cuando se procediere contra los bienes de un tercero que nada deba o contra...
- Artículo 425. Lo dispuesto en este capítulo es aplicable a todos los casos de secuestro...
- Artículo 426. En la enajenación de bienes el juez o jueza determinará si conviene o no la...
- Artículo 427. Todo remate de bienes raíces será público y deberá celebrarse en el juzgado...
- Artículo 428. Cuando los bienes embargados fueren raíces, antes de procederse a su avalúo,...
- Artículo 429. Si del certificado de gravámenes aparecieren otros diversos al que motiva la...
- Artículo 430. Las acreedoras citadas conforme al artículo anterior tendrán derecho:...
- Artículo 431. El avalúo de los bienes embargados se practicará en todos los casos, salvo...
- Artículo 432. Cuando el monto líquido de la condena fuere superior al valor de los bienes...
- Artículo 433. Si ha de procederse al remate y se trata de bienes raíces se anunciará la...
- Artículo 434. Antes de que se declare fincado el remate, o se decrete la adjudicación a la...
- Artículo 435. Si los bienes raíces estuvieren situados en diversos lugares, sin perjuicio...
- Artículo 436. Es postura legal la que cubra las dos terceras partes del avalúo....
- Artículo 437. Para tomar parte en la almoneda, las personas interesadas en licitar deberán...
- Artículo 438. La parte ejecutante podrá tomar parte en la almoneda y mejorar las posturas...
- Artículo 439. La parte postora no puede rematar para una tercera persona sino con poder y...
- Artículo 440. Desde que se anuncie el remate y durante este, se pondrán de manifiesto los...
- Artículo 441. La autoridad jurisdiccional que ejecuta decidirá de plano cualquier cuestión...
- Artículo 442. El día y hora señalados para el remate el juez o jueza pasará lista de las...
- Artículo 443. Calificadas de buenas las posturas, el juez o jueza las leerá en voz alta o...
- Artículo 444. Si hubiere varias posturas legales, el juez o la jueza decidirán cuál será...
- Artículo 445. Hecha la declaración de la postura considerada preferente, el juez o la...
- Artículo 446. Aprobado el remate, el juzgado prevendrá al comprador que ante el propio...
- Artículo 447. Consignado el precio con arreglo al artículo anterior, el juzgado prevendrá...
- Artículo 448. Otorgada la escritura, se darán a la o el comprador los títulos de propiedad...
- Artículo 449. Con el precio se pagará a la acreedora hasta donde alcance y si hubiere...
- Artículo 450. No habiendo parte postora, quedará al arbitrio de la ejecutante pedir en el...
- Artículo 451. Si en el contrato se fijó el precio en que una finca hipotecada haya de ser...
- Artículo 452. Cuando los bienes cuyo remate se haya decretado fueren muebles, presentados...
- Artículo 453. Cuando la parte acreedora hubiere optado por la administración de los bienes...
- Artículo 454. La o el juez requerido, que reciba exhorto con las inserciones necesarias...
- Artículo 455. Ni la o el juez requerido, ni en su caso el Tribunal Superior de Justicia...
- Artículo 456. Las o los jueces ejecutores no podrán oír ni conocer de excepciones que...
- Artículo 457. Las sentencias a que se refiere este Capítulo no se ejecutarán, sin...
- Artículo 458. Las sentencias y demás resoluciones judiciales dictadas en estados...
- Artículo 459. A un juicio seguido ante los tribunales, pueden venir uno o más terceros,...
- Artículo 460. Las tercerías son coadyuvantes o excluyentes. Es coadyuvante la que auxilia...
- Artículo 461. Toda tercería deberá oponerse ante el mismo tribunal que conoce del juicio...
- Artículo 462. Las tercerías coadyuvantes pueden oponerse sea cual fuere la acción que se...
- Artículo 463. Las o los terceros coadyuvantes se considerarán asociados con la parte cuyo...
- Artículo 464. La parte demandada debe denunciar el pleito a la o el obligado a prestar la...
- Artículo 465. De la primera petición que haga la o el tercer coadyuvante, cuando...
- Artículo 466. No podrán ocurrir en tercería de preferencia: I. La parte acreedora que...
- Artículo 467. La o el tercero excluyente de crédito hipotecario tiene derecho de pedir que...
- Artículo 468. Cuando la o el ejecutado esté conforme con la reclamación de la parte...
- Artículo 469. Cuando se presenten varias partes opositoras, si estuvieren conformes en que...
- Artículo 470. Si la tercería fuere sobre bienes muebles, el juicio principal en que se...
- Artículo 471. La interposición de una tercería excluyente autoriza a la parte actora o...
- Artículo 472. Las resoluciones emitidas por los tribunales son impugnables a través de los...
- Artículo 473. Este código reconoce como recursos los siguientes: I. Revocación; y,...
- Artículo 474. Los recursos no son renunciables.
- Artículo 475. Pueden interponer recursos: I. Las partes, sus representantes legítimos...
- Artículo 476. Quien obtuvo todo lo que pidió no podrá interponer ningún recurso; pero...
- Artículo 477. Contra las resoluciones dictadas para la ejecución de una sentencia no cabrá...
- Artículo 478. La segunda instancia no puede abrirse sin que se interponga el recurso de...
- Artículo 479. Los autos dictados en audiencia o fuera de ella y que no fueren apelables,...
- Artículo 480. Durante la audiencia, el recurso de revocación solo procede en contra del...
- Artículo 481. En caso contrario al señalado en el artículo anterior, la revocación se debe...
- Artículo 482. La resolución en la que se decida la revocación no admite recurso alguno.
- Artículo 483. El recurso de apelación tiene por objeto que el tribunal de segunda...
- Artículo 484. La apelación procede en contra de resoluciones: I. Que pongan fin a la...
- Artículo 485. La apelación debe interponerse dentro de los seis días siguientes a la...
- Artículo 486. La apelación solo procede en efecto devolutivo, con excepción de las...
- Artículo 487. La apelación admitida en efecto devolutivo posibilita la ejecución de la...
- Artículo 488. Si la sentencia es apelada se debe dejar en el juzgado copia certificada de...
- Artículo 489. Si se trata de apelación de un auto, el que la admita debe ordenar remitir...
- Artículo 490. Interpuesta oportunamente la apelación, el juzgado la debe admitir siempre...
- Artículo 491. Interpuesta la apelación en tiempo hábil, el juzgado la admitirá sin...
- Artículo 492. Recibidos en el tribunal de apelación los autos o las constancias, sin...
- Artículo 493. Los procesos solo se suspenderán mediante resolución judicial en los...
- Artículo 494. Para que cese la suspensión se requiere declaración judicial, que se dictará...
- Artículo 495. La jurisdicción voluntaria comprende todos los actos en que por disposición...
- Artículo 496. Los procedimientos de jurisdicción voluntaria pueden tramitarse también ante...
- Artículo 497. El escrito con el que se promueva un procedimiento de jurisdicción...
- Artículo 498. Las solicitudes relativas a jurisdicción voluntaria se deben formular por...
- Artículo 499. Si en el procedimiento intervienen niñas, niños o adolescentes, el juzgado...
- Artículo 500. Cuando fuere necesaria la presencia de alguna persona, se le debe citar...
- Artículo 501. Se debe oír al ministerio público, y en su caso, a la Procuraduría de...
- Artículo 502. Si a la solicitud promovida se opusiere parte legítima, en ese momento debe...
- Artículo 503. El juzgado podrá variar o modificar las providencias que dictare, sin...
- Artículo 504. La resolución que recaiga a la jurisdicción voluntaria será apelable.
- Artículo 505. La declaración de estado de minoridad puede ser solicitada por: I. La...
- Artículo 506. La declaración de estado de minoridad procede cuando no exista el acta de...
- Artículo 507. Admitida la solicitud, el juzgado dictará las medidas necesarias para que...
- Artículo 508. La solicitud de declaración de estado de interdicción puede ser presentada...
- Artículo 509. El escrito de solicitud de declaración de estado de interdicción, debe...
- Artículo 510. Admitida la solicitud para la declaración del estado de interdicción, el...
- Artículo 511. A la audiencia están obligados a comparecer la parte solicitante, la persona...
- Artículo 512. En caso de que persona que se presume es incapaz no pueda ser presentada...
- Artículo 513. De ser posible, las personas profesionales en medicina deben elaborar un...
- Artículo 514. El juez o la jueza y el ministerio público tienen la facultad para formular...
- Artículo 515. En caso que de los dictámenes resulte comprobada la incapacidad o, por lo...
- Artículo 516. En caso que de los dictámenes resulte comprobada la incapacidad o, por lo...
- Artículo 517. Si hubiere oposición de parte, el juzgado se abstendrá de hacer declaración...
- Artículo 518. En la audiencia en que se le nombre, la o el tutor definitivo debe aceptar...
- Artículo 519. Declarada la incapacidad, la persona nombrada como tutor interino cesa en...
- Artículo 520. La interdicción se revocará cuando cese la causa que la motivó. Para...
- Artículo 521. Quien dolosamente promueva las diligencias de jurisdicción voluntaria para...
- Artículo 522. Comprobada la minoridad o incapacidad se procederá, en su caso, a hacer el...
- Artículo 523. Toda persona nombrada como tutor, cualquiera que sea su clase, debe aceptar...
- Artículo 524. Siempre que la persona nombrada como tutor o curador no reúnan los...
- Artículo 525. En los juzgados de primera instancia o de lo familiar, bajo la...
- Artículo 526. Dentro de los primeros ocho días de cada año, en audiencia pública y con...
- Artículo 527. En todos los casos de impedimento, separación o excusa de la o el curador...
- Artículo 528. Sobre la rendición y aprobación de cuentas de las o los tutores regirán las...
- Artículo 529. Cuando del examen de la cuenta resulten motivos graves para sospechar dolo,...
- Artículo 530. Las personas nombradas como tutores o curadores no pueden ser removidas ni...
- Artículo 531. Será necesaria autorización judicial para la enajenación o para gravar...
- Artículo 532. Para decretar la venta o gravamen de bienes se necesita: I. Que la pida...
- Artículo 533. Para decretar la venta o gravamen de bienes se necesita: I. Que la pida...
- Artículo 534. Para la venta de acciones y títulos de renta, se concederá la autorización...
- Artículo 535. El precio de la venta se consignará en la Oficina de Recaudación de Rentas...
- Artículo 536. Para recibir dinero prestado en nombre de niña, niño o adolescente; persona...
- Artículo 537. Lo dispuesto en los artículos que preceden, se aplicará al gravamen y a la...
- Artículo 538. La resolución que autorice o niegue la autorización será apelable en efecto...
- Artículo 539. Previamente a la adopción, el juzgado podrá decretar las siguientes medidas:...
- Artículo 540. Quien pretenda adoptar deberá acreditar los requisitos legales y observar lo...
- Artículo 541. Satisfechos los requisitos que establece el Código Civil para el Estado de...
- Artículo 542. La Procuraduría de Protección para Niñas, Niños y Adolescentes deberá...
- Artículo 543. La Adopción Internacional se regirá por los tratados internacionales...
- Artículo 544. En la tramitación de estas diligencias, el juez o jueza proveerá, oralmente,...
Otras regulaciones
Código Fiscal Código Municipal Código Civil Código Penal Código de Procedimientos CivilesMejores juristas





Hola, quisiera inscribirme voluntariamente al régimen obligatorio, me comentaron que ya no puedo debido a que no cumplo con este articulo, yo entiendo que las 52 semanas se cuentan hacia atrás de la ultima fecha de baja, pero en el seguro las quieren contar hacia atrás de la fecha actual, tengo 4 años y 3 meses de mi fecha de baja, ¿es correcto lo que me dijeron en la subdelegación? y si no que se puede hacer?
Hola buenas tardes ! Tengo una duda.... Soy demandante o representante legal de mi menor hijo en un juicio de alimentos... es necesario que asista a la audiencia prevista por el Art. 219 del CPC del estado de Veracruz? me podrian dar informacion al respecto y enviar a mi correo: [email protected]
Hola, buenas tardes, donde puedo localizar el código civil de Tamaulipas del año de 1958, tengo que verificar que régimen matrimonial regía en ese entonces en Nuevo Laredo, el acta dice que lo establece del Código Civil de enero de 1958
Buenas tardes,en donde obtengo informacion sobre los derechos que adquiere un arrendatario por antiguedad ocupando un depto. firmando contrato cada año
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