Código de Procedimientos Familiares Artículo 43 Estado de Coahuila de Zaragoza
Código de Procedimientos Familiares Coahuila
Artículo 43. Regla especial relativa a la declaración de parte
Si la parte a cuyo cargo se ofreció la prueba no comparece a la audiencia en la que se recibirá su declaración, o compareciendo se niega a declarar o da respuestas evasivas, la o el juez, una vez que haya verificado que fue debidamente citada, podrá considerar como ciertos los hechos aducidos por el oferente en sus escritos de demanda principal o reconvención, y en sus respectivas contestaciones, según sea el caso.
En la citación se apercibirá al interesado acerca de los efectos que producirá su incomparecencia, la negativa a declarar o las respuestas evasivas.
Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 43 Código de Procedimientos Familiares
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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
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