Código de Procedimientos Penales Artículo 78 Estado de Baja California
Código de Procedimientos Penales Baja California
Artículo 78. Causas de extinción de la acción penal
Sin perjuicio de las establecidas en el Código Penal para el Estado de Baja California, constituyen causas de extinción de la acción penal las siguientes: Reforma
I. El pago del máximo previsto para la pena de multa, realizado antes de la audiencia de debate, cuando se trate de delitos sancionados con pena alternativa y esté satisfecha la reparación del daño;
II. La aplicación de un criterio de oportunidad, en los casos y las formas previstos en este Código;
III. Se actualice el supuesto contenido en el artículo 208 de este Código;
IV. La prescripción; y
V. El cumplimiento de los acuerdos reparatorios.
Estado de Baja California Artículo 78 Código de Procedimientos Penales
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
Leer de nuevo
Código de Ética y Conducta de los Servidores Públicos Jalisco Artículo 32. Codigo Civil Baja California Sur Artículo 2305. Código de Procedimientos Civiles Ciudad de México Artículo 847. Ley de Infraestructura de la Calidad Artículo 83. Código de Procedimientos Penales Baja California Artículo 11. Justicia prontaRecomendados
Código Nacional de Procedimientos Penales Federal Artículo 78. Exhortos de tribunales extranjeros Código de Procedimientos Penales Baja California Artículo 76. Ejercicio de la acción penal Código de Procedimientos Penales Baja California Artículo 80. Plazo Código de Procedimientos Penales Baja California Artículo 75. Declaración de nulidad Código de Procedimientos Penales Baja California Artículo 36. Resolución de peticiones o planteamientos de las partesPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios