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Código de Procedimientos Penales Artículo 373 Estado de Colima


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 12/10/2026

Código de Procedimientos Penales Colima
Artículo 373.

Habrá lugar a la reposición del Procedimiento:

I. Cuando se impida o coarte la comunicación del defensor con el imputado o su asistencia legal;

II. Cuando no se hayan proporcionado al imputado constando en la causa, los datos necesarios para su defensa;

III. Cuando en la práctica de alguna diligencia, se hayan coartado, en perjuicio de alguna de las partes, los derechos que la Ley le otorga;

IV. Cuando no se haya permitido al Ministerio Público modificar sus conclusiones en el caso del artículo 320 de este Código;

V. Cuando no se celebre la audiencia pública a que se refiere la fracción VI del artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en que debió ser oído el imputado en defensa, para ser juzgado;

VI. Cuando la audiencia a que se refiere la fracción anterior se haya celebrado sin la asistencia del Agente del Ministerio Público a quien correspondía formular la acusación; sin la del juez que debía fallar o la del Secretario o testigos de asistencia que debían autorizar el acto;

VII. Cuando el imputado haya sido condenado por delito diverso al señalado en el auto de procesamiento y en contra de lo que se previene en el artículo 305 de este Código; y

VIII. En los demás casos análogos a los de las fracciones anteriores a juicio de la Sala del H. Supremo Tribunal de Justicia en el Estado a la que corresponda resolver la apelación.



Estado de Colima Artículo 373 Código de Procedimientos Penales
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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