Código de Procedimientos Penales Artículo 211 Estado de México
Código de Procedimientos Penales México
Artículo 211. Medidas
Para garantizar la reparación de los posibles daños y perjuicios provocados por el hecho punible, la víctima, el ofendido o el ministerio público, podrán solicitar al juez el embargo precautorio de bienes.
En la solicitud, el promovente deberá expresar el carácter con el que comparece, el daño o perjuicio concreto que se pretende garantizar y los antecedentes para considerar al imputado como probable responsable para repararlo.
Estado de México Artículo 211 Código de Procedimientos Penales
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
Leer de nuevo
Código de Familia Yucatán Artículo 97. Cesación de los efectos de la sociedad conyugal Código Civil Chihuahua Artículo 2741.Recomendados
Código Nacional de Procedimientos Penales Federal Artículo 211. Etapas del procedimiento penal Código de Procedimientos Penales México Artículo 450. Reparación del daño Código de Procedimientos Penales México Artículo 158. Efectos Código de Procedimientos Penales México Artículo 284. Notificación al defensor de práctica de peritaje irreproducible Código de Procedimientos Penales México Artículo 251 -6. Colaboración personal e interinstitucionalPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios